PROYECTO DE TP
Expediente 0204-D-2010
Sumario: DEROGACION DE LA LEY 23681 SOBRE RECARGO EN EL PRECIO DE VENTA DE ELECTRICIDAD RESPECTO DE LAS TARIFAS VIGENTES.
Fecha: 02/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.-
Derogase la ley Nº 23.681.
Artículo 2.- De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley que por medio del presente
proyecto se pretende derogar, instituyó a partir del mes del año 1989 un recargo
para todos los usuarios domiciliarios del país del servicio de energía eléctrica,
consistente en el 6/00 (seis por mil) del precio de venta de cada una de las
prestadoras del servicio.
Dicho recargo, estaba destinado para
que la Empresa Servicios Públicos Sociedad del estado de la Provincia de Santa
Cruz realice las inversiones pertinentes a los efectos de la reducción del nivel de
tarifas para que éstas alcancen los promedios generales del resto del país
(artículo 3º) y hasta tanto se produjera la interconexión de la provincia beneficiada
al sistema interconectado nacional.
Sin perjuicio de que la Provincia de
Santa Cruz accediera la Sistema Interconectado Nacional por medio del dictado
del decreto 1378/01 se prorrogó loa vigencia de la ley.
Con posterioridad, al sancionarse la ley
de presupuesto correspondiente al ejercicio 1999, se estableció como tope para
transferir sumas de dinero por aplicación de la ley 23.681 a la suma anual de
pesos y/o dólares estadounidenses veintiséis millones doscientos mil (
26.200.000) y el monto que supere dicho importe tenía como destino de ingreso al
Tesoro Nacional.
Atento las normas jurídicas citadas, no
es aventurado poner de manifiesto que el propósito establecido por la ley 23.681
ha cumplido con creces su cometido, ello sin tener en cuenta que la realidad o la
situación económica financiera de la Provincia de Santa Cruz ha cambiado, pues
durante el proceso privatizador de la década del 90, se ha visto beneficiada con el
cobro de regalías petroleras, y en los últimos tiempos con aportes extraordinarios
del Tesoro Nacional.
Además este tributo que continua
vigente, en gran medida ingresa al Tesoro nacional.
No obstante la existencia de diversos
proyectos similares al presente, considero oportuno poner de manifiesto que la
Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fé, Provincia a la que represento,
por iniciativa del Bloque de Diputados del Partido Demócrata Progresista,
sancionó un proyecto de comunicación declarando la necesidad de proceder a la
derogación de la ley nacional 23.681.
Dicho proyecto, entre sus fundamentos
ponía de manifiesto también que "según la denuncia presentada ante la justicia,
por el Centro de Educación al consumidor (CEC), "483 millones de pesos del
fondo eléctrico de Santa Cruz fueron desviados de sus destino original", es decir,
que las autoridades políticas de dicha Provincia ya han desnaturalizado el espíritu
de la ley.
Atento las normas jurídicas citadas, no
es aventurado poner de manifiesto que el propósito establecido por la ley 23.681
ha cumplido con creces los fines que motivaron su sanción y por ello solicito su
derogación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FAVARIO, CARLOS ALBERTO | SANTA FE | DEMOCRATA PROGRESISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/05/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen |
09/11/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
09/11/2010 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 04/08/2010 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 11/08/2010 |