PROYECTO DE TP
Expediente 0195-D-2006
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL EL CUMPLIMIENTO DE LO NORMADO EN EL ARTICULO 62, DE LA LEY 25967 DE PRESUPUESTO 2005, EN CUANTO A LA LIQUIDACION DEL "INSTITUTO NACIONAL DE REASEGUROS".
Fecha: 02/03/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo proceda a la pronta ejecución del artículo 62 de la Ley Nº 25.967, y en ese sentido, que los montos que surjan de las deudas del INDER con cada una de las empresas sea pagado en efectivo y en un solo acto y que para el cálculo de los montos correspondientes se tengan en cuenta los intereses correspondientes tanto a favor como en contra del INDER
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Señor Presidente, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional 2005 sancionada el 24 de Noviembre de 2004, y considerando que el mismo intenta resolver un problema de mucha antigüedad. Pues, aún se encuentra pendiente de liquidación definitiva el Instituto Nacional de Reaseguros a pesar que la decisión que resolvió esta extinción data del año 1992, es necesario dar un pronto tratamiento a dicha situación, teniendo en cuenta los motivos que a continuación se detallan.
Desde el momento de la decisión de esta liquidación y durante un largo período de años se percibió por parte del Estado Nacional con destino a este Instituto, recursos específicos que fueron producto de un impuesto a la actividad aseguradora y que tendría como fin el financiamiento de esta liquidación. Que el monto que aproximadamente se percibió fue de $1.600 millones, según versiones especializadas del sector, fue más que suficiente para cancelar los pasivos pendientes en el INDER para con el mercado asegurador hasta el punto que existiría un remanente aún de los mismos.
Que dicha liquidación produjo primero un enorme vacío para la actividad aseguradora puesto que esta Institución, INDER, había sido hasta el momento de su liquidación el soporte fundamental para la existencia de un sistema nacional asegurador, sobre todo de pequeñas y medianas empresas.
Que consecuente con lo expuesto anteriormente dicha situación produjo una crisis profunda en todas estas empresas lo que, sumado a distintas exigencias técnicas que comenzaron a surgir como resultado de las imposiciones de organismos internacionales, produciéndose por ello la desaparición de más de 140 empresas aseguradoras, lo que representa una muestra más que evidente de los perjuicios que provocó la concepción neoliberal de los 90, hoy transformada ya en una muletilla.
Que por lo mismo se hace imprescindible que el Estado, que financió esta liquidación con recursos de la población asegurada, a través de la percepción de impuestos, culmine este largo proceso de 13 años con la propuesta del artículo 62 de la Ley de Presupuesto del año 2005 a través de una última oferta general y uniforme para aquellas empresas que no hubiesen formalizado hasta el momento ninguna adhesión a las propuestas que ha hecho el INDER; para de esa manera no sólo hacer justicia con un sector de la economía que fue afectado por el propio Estado Nacional, sino también con la población perjudicada, tanto sea en su condición de asegurados como de terceros afectados.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GODOY, JUAN CARLOS LUCIO | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
BECCANI, ALBERTO JUAN | SANTA FE | UCR |
MARTINEZ GARBINO, EMILIO RAUL | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
ECONOMIA |