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PROYECTO DE TP


Expediente 0188-D-2011
Sumario: CREACION DE UNA DEFENSORIA PUBLICA OFICIAL Y UNA FISCALIA PUBLICA FEDERAL ANTE EL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA CON COMPETENCIA EN MATERIA CRIMINAL, CORRECCIONAL, EJECUCION PENAL, CIVIL, COMERCIAL Y EJECUCION FISCAL CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE ESQUEL, PROVINCIA DEL CHUBUT.
Fecha: 02/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CREACIÓN DE DEFENSORÍA Y FISCALÍA FEDERAL EN LA CIUDAD DE ESQUEL - PROVINCIA DEL CHUBUT
Art. 1° - Créanse una Defensoría Pública Oficial y una Fiscalía Pública Federal ante el Juzgado Federal de Primera Instancia con Competencia en Materia Criminal, Correccional, Ejecución Penal, Civil, Comercial y Ejecución Fiscal con asiento en la ciudad de Esquel, provincia del Chubut, las que tendrán a su cargo el Ministerio Público y de la Defensa con relación a las causas que tramiten ante el referido Juzgado Federal.
Art. 2° - Créanse los cargos de magistrados, funcionarios y empleados a que se refieren el anexo I de la presente ley para el Ministerio Público, que tendrán las dotaciones que en ellos se indican.
Art. 3° - El crédito presupuestario que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará a la partida de rentas generales del presupuesto nacional hasta tanto sea éste incluido en las partidas correspondientes al Ministerio Público de la Defensa y al Ministerio Público Fiscal en la ley de presupuesto nacional del próximo período.-
Art. 4° - Facúltese al Jefe de Gabinete de Ministros a reasignar las partidas presupuestarias correspondientes para poner en funcionamiento a la Defensoría Pública Oficial Federal y a la Fiscalía Pública Federal ante el Juzgado Federal de Primera Instancia con Competencia en Materia Criminal, Correccional, Ejecución Penal, Civil, Comercial y Ejecución Fiscal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Esquel, provincia del Chubut,
Asimismo, si fuera necesario, reasignará partidas para los cargos creados por esta ley y para el cumplimiento de los demás efectos derivados de su implementación.
Art. 5° - Los magistrados del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa que se crean por la presente ley, deberán ser designados de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 24.946.
Art. 6° - Los Magistrados, funcionarios y empleados que se designen tomarán posesión del cargo, cuando se cuente con el crédito presupuestario necesario para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará al presupuesto de sendos Ministerios Públicos.
Art. 7° - Una vez instaladas las Defensoría y Fiscalía, creadas por la presente ley, le serán remitidas todas las causas en trámite que le correspondan, conforme a la competencia por razón de la materia que por esta ley se le asigna.
Art. 8° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con la sanción de la ley 26.344 se creó el Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia en materia Criminal, Correccional, Ejecución Penal, Civil, Comercial y Ejecución Fiscal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Esquel, provincia del Chubut, sin perjuicio de lo cual se advierte que resulta necesario completar la estructura institucional del Ministerio Público con la creación de una fiscalía y una defensoría, que permitan dotar de inercia al marco jurisdiccional creado por la mencionada ley.
En este sentido, no puede prescindirse de la presencia de los integrantes del Ministerio Público, reconocido en el art. 120 de nuestra Carta Magna, cuyo rol se encuentra debidamente definido en la ley 24.946 y sus modificatorias. Solo con su presencia es que se satisface los estándares mínimos de un debido proceso, por lo que procede de manera ineludible avanzar con la creación de los mismos.
En la actualidad la fiscalía y defensoría competente ante el Juzgado de Esquel se encuentran en la Ciudad de San Carlos de Bariloche. La distancia entre las mencionas ciudades supera los 300 km, atentando seriamente en el debido proceso y en el acceso a la justicia. Existen serias dificultades en las comunicaciones, principalmente en el invierno, pues en dicha época del año los caminos en plena zona cordillera se tornan casi inaccesibles durante las heladas.
La competencia territorial del juzgado con asiento en la ciudad de Esquel abarca tres departamentos de la Provincia del Chubut que tienen una gran extensión geográfica comprendiendo todo el noroeste provincial, lindando con la Provincia de Río Negro y con la República de Chile. Esto hizo que el Congreso Nacional oportunamente sancionara la ley 26.344 de creación del Juzgado Federal de Esquel, siendo por ende pertinente completar operativamente al mismo con la creación de los organismos del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa.
Destaco que una iniciativa legislativa de igual tenor es presentada en el corriente año parlamentario por el Senador Marcelo Guinle por la Provincia del Chubut, con la finalidad que la primera Cámara que sancione la ley sirva para agilizar el trámite parlamentario en la otra, en la inteligencia que la operatividad del Juzgado Federal creado por la ley 26.344 será de imposible implementación hasta que no se creen los cargos correspondientes al Ministerio Público, por lo que solicito a mis pares el acompañamiento de la presente iniciativa legislativa.
Proyecto

ANEXO

ANEXO I
Cargos a crear y efectivizar en los Ministerios Públicos por ante el Juzgado Federa de Primera Instancia de la ciudad de Esquel, provincia del Chubut.;
Ministerio Público Fiscal
Procurador Fiscal 1 cargo
Secretario titular 1 cargo
Prosecretario Administrativo 1 cargo
Jefe de despacho 1 cargo
Oficial 1 cargo
Oficial de servicio 1 cargo
Ministerio Público de la Defensa
Defensor de Pobres Menores e Incapaces 1 cargo.
Secretario titular 1 cargo
Psicólogo, psicopedagogo. asistente social 1 cargo
Prosecretario Administrativo 1 cargo
Jefe de despacho 1 cargo
Oficial 1 cargo
Oficial de servicio 1 cargo
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PAIS, JUAN MARIO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2350/2011 ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL ORDEN DEL DIA 2350/11 15/08/2011