PROYECTO DE TP
Expediente 0188-D-2010
Sumario: CODIGO CIVIL: DEROGACION DEL ARTICULO 940, SOBRE TEMOR REVERENCIAL.
Fecha: 02/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º - Derógase el artículo 940
del Código Civil de la Nación.
Artículo 2º - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto propone derogar
el artículo 940 del Código Civil de la Nación el cual establece que: "El temor
reverencial, o el de los descendientes para con los ascendientes, el de la mujer
para con el marido, o el de los subordinados para con su superior, no es causa
suficiente para anular los actos."
El artículo 940 del Código Civil tiene
como fundamento la delimitación de los casos en que se considera que la persona
actúa movida por intimidación. Sin embargo, la supresión propuesta se
fundamenta en que el artículo habilitaría para que, en aquellos casos en que no es
posible probar una intimidación, se recurra a la obsoleta figura del temor
reverencial para eludir la existencia de aquel vicio de la voluntad. En efecto, en los
casos en que el temor por una autoridad es tan grande como para realizar actos
antijurídicos, no puede pensarse que no se actúa por intimidación de esa
autoridad.
Por otra parte, la reforma propuesta
tiene como finalidad ajustar nuestra legislación a los instrumentos internacionales
de protección de los derechos humanos, de los cuales nuestro país es parte. Entre
ellos, se encuentra la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de
Discriminación contra la Mujer, cuyo rango constitucional fuera reconocido por el
artículo 75 inciso 22 de nuestra Constitución Nacional.
Esta Convención establece en su
artículo 5º inciso a) que los Estados Partes deberán adoptar las medidas
adecuadas para "modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y
mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas
consuetudinarios y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la
inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones
estereotipadas de hombres y mujeres".
El artículo cuya derogación se
propone, se refiere al temor reverencial de la esposa al esposo, que está basado
en viejos patrones de jerarquía y subordinación entre los géneros.
Por las razones expuestas, es que
solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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