PROYECTO DE TP
Expediente 0155-D-2011
Sumario: DECLARAR AL AÑO 2011 COMO EL "AÑO DE HOMENAJE A ARTURO SAMPAY". DISPONER PARA TODA LA PAPELERIA OFICIAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA UN SELLO EN EL ANGULO SUPERIOR DERECHO.
Fecha: 02/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
El Senado y Cámara de Diputados...
AÑO DE
HOMENAJE A ARTURO SAMPAY
El Senado y la Cámara de Diputados
sancionan con fuerza de Ley
Artículo 1.- Declarase al año 2011
como el "Año de homenaje a Arturo Sampay"
Artículo 2.- Se dispone que a partir de
la sanción de la presente Ley, en toda la papelería oficial a ser utilizada por la
Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, llevará en el
ángulo superior derecho un sello que indique "Año de homenaje a Arturo
Sampay".
Artículo 3.- El Congreso de la Nación, y
el Poder Ejecutivo Nacional auspiciarán la realización de actividades como:
seminarios, talleres, conferencias, programas culturales y educativos, y la difusión
de publicaciones que hagan referencia a la obra del homenajeado y difundan su
pensamiento.
Artículo 4.- El Congreso de la Nación,
ordenará por las vías correspondientes la impresión de las obras completas de
Arturo Sampay.
Articulo 5.- De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuestro país siempre se ha
caracterizado por realizar homenajes a ciertas figuras a quienes se les ha atribuido
-con razón o sin ella- distintos merecimientos, y es así que los archivos guardan
constancia de muchos homenajes prescindibles, y las calles de nuestra ciudad y
de otras ciudades del país, tienen nombres de personas que por algún motivo han
merecido la distinción de integrar la nomenclatura urbana.
Entre aquellas personalidades que han
contribuido grandemente a la cultura nacional y al pensamiento jurídico universal,
se distingue con méritos muy personales Arturo Enrique Sampay, que, salvo un
reducido grupo de especialistas que cultivan la ciencia del derecho y algún otro
memorioso de las jornadas que llevaron a la reforma constitucional de 1949, hoy
nadie recuerda, integrando una lista de personajes injustamente olvidados.
Arturo Sampay nació en Concordia, el
28 de julio de 1911, realizó estudios secundarios en el histórico Colegio Nacional
de Concepción del Uruguay, y los universitarios en la Facultad de Ciencias
Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata, donde se recibió de
abogado en 1932, y de la que fue Profesor de Derecho Político.
Al finalizar su carrera viajó a Europa,
donde completó estudios de derecho público con Dietrich Schindler en Zurich,
tomó clases de filosofía del derecho en Milán con Monseñor Olgiati, participando
en un curso sobre los orígenes del capitalismo que dictara el célebre político
italiano Amintore Fanfani. Asistió en Paris a las clases que dictaba Louis Le Fur en
la Sorbona, y a las del filósofo católico Jacques Maritain.
En 1933 produjo su primer trabajo
sobre la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, que resultaba un importante
avance respecto a las viejas constituciones provinciales y aún sobre la nacional
que regía en ese momento. La edición de esa obra en 1936 fue prologada por el
jurista Faustino Legón, que destacó los meritos de una obra con la que Sampay
comenzaba su análisis profundo del derecho constitucional y sus necesarias
implicancias políticas.
Viviendo en la ciudad de La Plata, fue
designado Fiscal de Estado en 1946, durante la gobernación del Coronel Domingo
Mercante, y en 1949 fue elegido convencional constituyente de la Convención que
sancionó el nuevo texto constitucional, siendo miembro informante de la mayoría y
uno de los principales
redactores de la nueva Constitución.
Esa ley fundamental, derogada de un plumazo en abril de 1956, significaba un
avance singular sobre la normativa vigente hasta entonces, sustituyendo los viejos
principios del liberalismo decimonónico, por nuevos conceptos políticos,
económicos y sociales que promoverían las sustanciales reformas que el país
necesitaba.
En su último trabajo, que llamó
"Constitución y Pueblo", Sampay explicó cuales fueron las directrices sobre las
que se trabajó para tener una Constitución acorde con definidos conceptos de
participación social, eliminando elitismos que sirvieron para configurar fraudes
constantes a la voluntad popular.
Además de los objetivos sociales que
superaban antiguas ideas individualistas, en esa Constitución, de la que fue como
un padre, se determinó la protección de los recursos naturales a través del artículo
40, que protegía los bienes públicos de cualquier actitud depredadora, como las
que se verían varias décadas después.
Ciertas intolerancias políticas internas y
algunas diferencias con Perón lo llevaron a exiliarse en Montevideo para tomar
distancia de actitudes injustas que su espíritu no podía aceptar. Su exilio continuó
hasta 1958, regresando al país para continuar su prolífica labor intelectual y
docente.
En 1970, se incorporó al Instituto
Argentino para el Desarrollo Económico (IADE), del que fue Presidente, siendo
Director de la revista Realidad Económica desde su fundación hasta su
muerte.
Con la llegada del peronismo al poder
en 1973, Sampay volvió a obtener su cátedra universitaria, siguiendo con sus
investigaciones en el campo del derecho, y la preocupación constante por el
constitucionalismo social. Falleció en Buenos Aires el 1 de febrero de 1987.
Arturo Sampay no redujo su trabajo a
especulaciones jurídicas o a teorizaciones sobre el campo del derecho, del que
era un importante especialista, sino que fue de lleno a mostrar las implicaciones
políticas de los sistemas jurídicos que regían en la República, analizando con rigor
histórico el derecho liberal burgués y las inevitables consecuencias de su
aplicación. Su análisis de la Constitución de 1853 mostraba la vinculación de ésta
con la realidad social vigente en esos tiempos y la idea de país que tenían los
constituyentes de ese entonces.
Escribió una gran cantidad de notas,
artículos, folletos y cuatro obras monumentales, que resultan un aporte de notable
significación jurídica, política y social: La crisis del estado de derecho liberal-
burgués; La filosofía del iluminismo y la Constitución argentina de 1853; el informe
de la Comisión revisora de la Constitución en 1949, e Introducción a la Teoría del
Estado en 1951.
En 1973, escribió su último libro
"Constitución y pueblo" que ya citáramos, donde recogió diversos trabajos ya
publicados, acompañándolos de nuevas reflexiones sobre la participación popular
en las decisiones soberanas del país, mostrando la necesidad de alejarse del
pensamiento convencional para crear nuevas formas que llevaran a una
democracia participativa y no formal.
Sería demasiado extenso indicar la
influencia de Sampay en el pensamiento jurídico, analizar su notable producción y
esa forma de penetrar sagazmente en la vida histórica de nuestros países
latinoamericanos. Creemos que su influencia en la Constitución de 1949 es más
que suficiente para mostrar cual era su concepción de lo que debe ser la Ley
Fundamental de un pueblo soberano.
Cuando su exilio en Montevideo, fue
asesor político del caudillo oriental Luis Alberto de Herrera, en 1970 dictó
conferencias en Chile y en 1971 ese país dictó una Constitución que contenía
normas inspiradas en su pensamiento.
Obras suyas, traducidas al francés
fueron entregadas por el General Charles de Gaulle a sus asesores para que se
nutrieran de las ideas que él quería para reformar las instituciones de Francia, y
uno de los más notables juristas de ese país, André Hauriou, profesor de la
Universidad de París, sostuvo que la obra de Sampay tenía la jerarquía intelectual
y académica de autores del relieve de Hans Kelsen y George Jellineck.
Sampay fue un pensador nacional,
entendiendo como tal al que ha contribuido a generar ideas y explicitar rasgos que
constituyen el fenómeno de "lo nacional argentino y/o iberoamericano" como
señalara el filosofo Alberto Buela. Ello lo llevó, sin dejar el campo del derecho, a
bucear en las profundidades del pensamiento político para encontrar las
vinculaciones necesarias entre la realidad social y las leyes dictadas en ese
contexto. No solo fue un jurista eminente, el pensador más relevante de nuestra
ciencia política, sino un argentino ejemplar que si bien analizó con rigor el pasado
argentino y sus instituciones jurídicas, vio con claridad el futuro, observó la
necesidad de preservar las fuentes de riqueza y tuvo muy en claro como se debía
democratizar la democracia, dejando las formalidades vacías de los enunciados
teóricos, para hacerla el sustento real de un país distinto.
En los claustros universitarios de
América y Europa es conocida y valorada su obra, pero en nuestro país se ha
intentado silenciarlo desde siempre, dejando su memoria en un olvido injusto que
es necesario reparar.
Es por lo expuesto que solicito a los
señores diputados que acompañen la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
CARDELLI, JORGE JUSTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
BONASSO, MIGUEL LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | DIALOGO POR BUENOS AIRES |
PARADA, LILIANA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
VIALE, LISANDRO ALFREDO | ENTRE RIOS | PARTIDO SOCIALISTA |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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