PROYECTO DE TP
Expediente 0135-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA IMPULSAR LAS ACCIONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCION SISMICA (INPRES) TENDIENTES A COORDINAR CON LAS PROVINCIAS MAS VULNERABLES UN PROTOCOLO DE ACCIONES PREVENTIVAS A SEGUIR.
Fecha: 02/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado
que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos que
correspondan, impulse las acciones del Instituto Nacional de
Prevención Sísmica (INPRES) tendientes a coordinar con las
provincias más vulnerables un protocolo de acciones preventivas a
seguir, ante la dinámica sismológica manifestada últimamente con
inusitada y alarmante frecuencia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde la ocurrencia del
cruento terremoto acaecido el 15 de enero de 1944 en la provincia
de San Juan, que ocasionó aproximadamente 10.000 muertos, miles
de heridos y la destrucción total de alrededor del 80% de las
construcciones existentes, incluyendo edificios públicos e
industriales, el Gobierno Nacional dispuso la creación de un
organismo autárquico, denominado "Consejo de Reconstrucción de
San Juan", dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, a través del
Ministerio del Interior (Decreto Nº 17.432 del 1º de julio de
1944.
Dadas las
consecuencias derivadas de la emergencia ambiental originada por
dicho sismo, el mencionado Consejo extendió su accionar al resto
del país, construyendo e instalando las primeras estaciones
sismológicas en algunas provincias transformándose el 30 de julio
de 1964 en el "Consejo Nacional de Construcciones Antisísmicas y
de Reconstrucción de San Juan"- CONCAR - a través de la Ley
Nacional Nº 16.405, con algunas nuevas funciones respecto al
organismo precedente.
Ocho años más tarde,
el Poder Ejecutivo Nacional dispone la disolución del CONCAR por
considerar cumplidas las tareas de reconstrucción y crea por Ley Nº
19.616 del 8 de mayo de 1972 el Instituto Nacional de Prevención
Sísmica (INPRES), en el ámbito del Ministerio de Obras y Servicios
Públicos, para llevar adelante la Política Nacional de Prevención
Sísmica.
Actualmente, el INPRES
está bajo la órbita de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio
de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, con una
estructura organizativa aprobada por Decreto Nº 1142/2003 y cuya
responsabilidad primaria consiste en efectuar los estudios e
investigaciones básicas y aplicadas de Sismología e Ingeniería Sismo
resistente destinados a la prevención del riesgo sísmico, mediante el
dictado de reglamentos que permitan, en forma óptima, la
estabilidad y permanencia de las estructuras civiles existentes en las
zonas sísmicas del país.
En tal sentido, sus
acciones están definidas en los siguientes puntos:
1. Planificar y
realizar el estudio de la sismicidad del Territorio Nacional, realizando
una evaluación del riesgo sísmico en todas y cada una de las zonas
del país.
2. Instrumentar y
operar en todo el país la Red Nacional de Estaciones Sismológicas,
la Red Nacional de Acelerógrafos y, en la sede del Instituto
Nacional, el Laboratorio de Estructuras Sismo resistentes.
3. Proyectar y
aconsejar reglamentos que regulen la construcción en cada una de
las zonas sísmicas del país.
4. Realizar los
estudios tecnológicos pertinentes, brindar asistencia técnica con
relación a los materiales y sistemas de construcción sismo
resistente.
5. Efectuar las
campañas de divulgación en todos los niveles, destinadas a informar
respecto del problema sísmico y sus soluciones, realizando las
publicaciones de divulgación técnica correspondiente.
6. Prestar
asistencia técnica específica en los casos de desastres ocasionados
por sismos, a fin de solucionar los problemas derivados de la
destrucción de edificios e infraestructura civiles.
7. Implementar la
Política Nacional de Prevención Sísmica.
Las recientes y
variables ocurrencias de actividad sísmica en varios pueblos
precordilleranos del territorio nacional, evidencian un claro y
concreto riesgo de sufrir terremotos de características destructivas.
Estos eventos sísmicos, además de cobrar numerosas víctimas,
dejan un saldo muchas veces poco precisos, en los cuales se
evidencian los daños en las infraestructuras edilicias, como los
hospitales, las cuales luego de un terremoto destructivo quedan
generalmente inhabilitadas.
Sin embargo, estas
pérdidas pueden reducirse en gran medida, aplicando los
conocimientos técnicos y científicos que proveen las distintas
especialidades de la ingeniería sísmica. El Laboratorio de Estructuras
de la Universidad Nacional de Salta, a través de sus investigadores,
se encuentra desarrollando un método para determinar la
vulnerabilidad sísmica de los hospitales de Salta, comenzando por el
Hospital San Bernardo. Precisamente, se entiende por vulnerabilidad
el grado de pérdida de un elemento o grupo de elementos bajo
riesgo, resultado de la probable ocurrencia de un evento desastroso;
en este caso, un evento sísmico.
Para ello, en primer
lugar se debe determinar cuál es esa probabilidad; es decir cuál es
la "Amenaza Sísmica". El Instituto Nacional de Prevención Sísmica
determinó que la capital salteña tiene un 60% de probabilidad de
sufrir un terremoto de intensidad VIII en un período de 100 años.
Esto ha podido determinarse con el aporte de la Geología y una
rama de la Ingeniería Sísmica, que es la Sismología Histórica, que
busca e interpreta datos sobre terremotos ocurridos en el pasado
debiendo sumarse otros factores que pueden influir sobre el impacto
del sismo en la ciudad, como por ejemplo, la amplificación de las
ondas sísmicas por parte de los suelos, licuefacción y asentamiento
de suelos y deslizamientos o derrumbes de laderas.
No obstante es
imprescindible que la Ingeniería Sísmica, a través de sus
especialidades en Estructuras, y en interrelación con la Ingeniería
Sanitaria y Electromecánica, provea las técnicas para reducir los
riesgos, a través de la intervención en la estructura y en los
elementos no estructurales y funcionales.
Toda intervención que
se realice antes de un desastre, para reducir o prevenir los daños
que se puedan ocasionar se denomina "mitigación de riesgos". La
mitigación de los efectos producidos por terremotos mediante la
intervención mencionada, es una actividad altamente rentable; por
cada peso que se gaste adecuadamente en mitigación antes de que
ocurra un terremoto, se ahorrarán enormes costos representados en
pérdidas que no sucedieron. Los antecedentes de desastres en
países de Latinoamérica muestran que la capacidad de recuperación
de las comunidades que han sufrido terremotos destructivos es, en
general, baja: han debido pasar más de diez años en muchos casos,
para poder reconstruir y volver a equipar los hospitales, centros
educativos, viviendas y demás infraestructuras. Aún están presentes
las derivaciones del terremoto que azotó el 12 de enero del
corriente año a la capital de Haití, con un número incierto de
víctimas fatales.
Las provincias
precordilleranas no escapan a una situación semejante en cuanto a
la magnitud sísmica, por lo que se puede afirmar que la mitigación
no tiene costo. A largo plazo, el beneficio estará dado por las vidas
salvadas y el dinero ahorrado en infraestructuras adecuadas. Un
importante avance se ha logrado en el año 2002 a través de la
sanción en el Congreso de la Nación de un Plan Nacional de
Educación para la prevención sísmica el cual, hasta el momento,
sólo Catamarca, San Juan y Mendoza lo pusieron en práctica.
Por ello, señor
Presidente, ante la ocurrencia de sismos que afecten con variable
intensidad pero con mayor frecuencia a vastas zonas de nuestras
provincias más vulnerables, solicito el acompañamiento de mis pares
para la aprobación del presente proyecto de declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
CIENCIA Y TECNOLOGIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/03/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0127/2010 | 30/03/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 12/05/2010 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 16/03/2011 |