PROYECTO DE TP
Expediente 0129-D-2007
Sumario: OBSERVATORIO NACIONAL DE LA ALIMENTACION - ONA -; CREACION EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION DE LA NACION.
Fecha: 02/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DEL
OBSERVATORIO NACIONAL DE LA ALIMENTACIÓN
Artículo 1º:
Créase por el presente el Observatorio Nacional de la
Alimentación -ONA-.
Artículo 2º: El
organismo creado en el artículo 1º funcionará en el ámbito de la
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos, del
Ministerio de Economía y Producción de la Nación.
Artículo 3º: El
Observatorio Nacional de la Alimentación –ONA- tendrá como
fin examinar la situación alimentaria nacional, reconociendo
asimetrías, localizando y ponderando los espacios de desarrollo,
convocando y acordando con los diversos actores, tanto
públicos, comunitarios o privados del sector, en virtud del
ordenamiento de la política pública, propiciando alcanzar la
seguridad alimentaria en todo el territorio nacional.
Articulo 4º:
Serán objetivos del Observatorio Nacional de la
Alimentación
- Registrar, sobre la
base del relevamiento y sistematización de información precisa,
el estado actual de la alimentación en el territorio nacional.
- Promover la
planificación estratégica participativa y articulada, mediante
acuerdos y compromisos.
- Concebir estrategias
de intercambio ventajosas para el país en el marco del
desarrollo de la política alimentaria a nivel internacional.
- Incluir, mediante
estudios, análisis diagnósticos y prospectivos, la diversidad y
especificidad de cada región del territorio argentino.
- Examinar los
heterogéneos perfiles productivos, de comercialización,
distribución y consumo.
- Disponer de
información sistematizada al servicio de la población, para
operar una toma de conciencia respecto a las consecuencias e
impacto que producen los
- disturbios alimentarios
en las diversas etapas de la vida.
- Propiciar la acción
conjunta, asociativa y solidaria del sector alimentario para
viabilizar mejoras sustantivas en la alimentación de la
población Argentina.
Artículo 5º:
Serán funciones primordiales del Observatorio:
Producir
diagnósticos, formular proposiciones y operar con los actores
pertinentes que engloben las siguientes dimensiones de
intervención:
Realidad
socio alimentaria de la Argentina, local, regionales y
provinciales.
Observación
comparada de la alimentación argentina y otras realidades
mundiales.
-
Correspondencia entre Alimentación y Salud:
Estado nutricional argentino.
a) Subalimentación y sobrealimentación. Niveles y localización.
b) Desnutrición y obesidad. Anorexia y bulimia.
Funcionamiento de organismos de coordinación. Comisión Nacional de Alimentos -CONAL- y Sistema Nacional de Control de Alimentos.
Código Alimentario Argentino -
CAA-
Situación nutricional y dietas
en Hospitales y Centros de Salud
Correspondencia entre Alimentación y Educación:
Campañas nacionales y locales
de buenas costumbres alimenticias.
Dietas, niveles nutricionales
en comedores escolares, caracterización y estrategias
pertinentes.
Inclusión curricular.
Compromiso y acuerdo de la
educación con la alimentación.
Correspondencia entre Alimentación y Desarrollo
Social:
Planes sociales que incluyen
componentes alimentarios, dietas, producción,
comercialización, transporte y/o manipulación de
alimentos.
Construir el
Mapa Alimentario Nacional. Relación entre alimentos y
territorio. Costumbres y hábitos alimenticios por
región.
- Industria de la
alimentación y políticas publicas. Industria de la
alimentación y actividad empresaria. Agronegocios.
Evolución de la industria de la
alimentación en la Argentina.
Ventajas y desventajas
comparativas de nuestro país en el sector alimentario.
Sistemas de producción de
alimentos y cadenas de valor.
Formas asociativas de
producción publicas, privadas, tercer sector y mixtas. UTEs,
Consorcios, Cooperativas, etc.
Producción tradicional,
alternativa, producción ecológica, productos exóticos.
Certificación de alimentos.
Calidad Alimenticia. Marca País.
Preservación del medio
ambiente y producción de alimentos
Logística y
distribución de alimentos. Logística del abastecimiento.
Higiene, seguridad, conservación y manipulación de
alimentos. Cadenas de frío. Procedimientos de acopio y
almacenamiento
Sistemas y redes de
comercialización de alimentos nacional y por región. Relación
con el nivel internacional. Importación y Exportación.
Relación con las formas de
organización de la producción, recolección, venta y distribución
asociada, sistemas de acopio.
Comportamiento de los
Mayoristas, Hipermercadismo y comercios minoristas.
Funcionamiento de Mercados
Concentradores. Regulación y distribución. Sistemas Operativos
de los Mercados.
Armado de precios.
Precio justo.
Consumo de
Alimentos. Tendencias del consumo.
Variaciones según situaciones de estacionalidad, tiempos,
modas, edades y caracterización de la población.
Correspondencia consumo - precios.
Relación consumo de alimentos y Medios de difusión.
Organizaciones de Defensa del Consumidor.
Crear un sistema de información, análisis y proyección
mediante Observatorios Regionales de la Alimentación que permitan:
Articular la estrategia alimentaria nacional, con las respectivas realidades
regionales y locales.
Promover la
construcción de asociatividad y acuerdos de los actores
estratégicos, produciendo beneficios al interior del sector y
hacia la población general, mediante tareas de asistencia
técnica e información.
Artículo 6º: Para
su funcionamiento y desarrollo el Observatorio Nacional de la
Alimentación estará constituido por:
La Comisión
Ejecutiva del Observatorio Nacional de la Alimentación,
La Comisión
Asesora del Observatorio Nacional de la Alimentación,
Los
Observatorios Regionales de la Alimentación –ORA-,
El Director
Ejecutivo del ONA,
El Secretario
Ejecutivo de la Comisión Asesora del ONA,
Los Secretarios
Ejecutivos de los Observatorios Regionales de la Alimentación –
ORA-.
Artículo 7º: La
Comisión Ejecutiva del Observatorio Nacional de la
Alimentación –ONA- estará formada por:
El Director
Ejecutivo del ONA,
- Los Secretarios
Ejecutivos de los Observatorios Regionales de la Alimentación –
ORA-,
- Un representante
del Ministerio de Salud de la Nación,
- Un representante
del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación,
- Un representante
del Ministerio de Desarrollo Social.
Sus funciones
serán:
Proponer el
reglamento de funcionamiento del ONA para su aprobación por
el Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la
Nación, en un término no superior a los 180 días de la
conformación de la Comisión Ejecutiva.
Aprobar lo
dispuesto en la primer reunión plenaria de Secretarios de
Producción del País definiendo las regiones donde se deberán
instalar los Observatorios Regionales de la Alimentación –ORA-
y la elección de los Secretarios Ejecutivos de los ORA.
Proponer la
estructura de funcionamiento del ONA y los ORA al Secretario
de Agricultura de la Nación.
Elaborar el Plan
Anual del ONA.
Elaborar el
reglamento de funcionamiento de los Observatorios Regionales,
sobre la base de la propuesta formulada en la primer reunión
plenaria de Secretarios de Producción del País.
Aprobar el Plan
de Trabajo Anual de los Observatorios Regionales en
correspondencia con el Plan Anual del ONA.
Proponer el
presupuesto anual de gastos y previsiones.
Aprobar
convenios con organismos públicos y privados nacionales e
internacionales.
Artículo 8º: La
Comisión Asesora del ONA estará integrada por:
El Secretario
Ejecutivo de la Comisión Asesora del ONA,
- Representantes
de Universidades Publicas y Privadas,
Representantes del INTA,
Representantes del INTI,
-
Representantes de las Cámaras Empresarias de la
Alimentación y de la Producción agropecuaria,
Representantes de entidades gremiales del
sector,
-
Representantes de Organizaciones de defensa de los
Consumidores,
Representantes de ONG significativas del
sector,
Personalidades representativas del sector.
Sus
funciones generales serán:
Asistir
técnica y profesionalmente a la Comisión Ejecutiva del
ONA,
Efectuar la
asistencia técnica a requerimiento de los Observatorios
Regionales de la Alimentación,
Asesorar en
temáticas específicas al ONA que se desprendan de sus
objetivos de creación,
Proponer
estudios, investigaciones y análisis que contribuyan a la
comprensión y visibilidad de la problemática del sector y
estrategias beneficiosas para su modificación,
Las
funciones específicas deberán ser explicitadas en el
reglamento y estructura de funcionamiento elaborado por la
Comisión Ejecutiva.
es de la Alimentación –ORA-
Serán los ámbitos de análisis, estudio y proyección específicos
del territorio que interactuaran con el conjunto del ONA en
forma de red,
Serán presididos por el Secretario Ejecutivo elegido entre los
Secretarios de Producción de las Jurisdicciones que conforman
la región, en forma rotativa,
Su estructura y funcionamiento especifico, será definida por la
Comisión Ejecutiva del ONA y aprobado por el Secretario de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos,
- Los objetivos de alcance, como las líneas de acción,
quedaran determinadas en el Plan Anual que aprobará la
Comisión Ejecutiva. Para el cumplimiento de este objetivo los
observatorios regionales podrán enviar propuestas de
actividades para ser consideradas en el marco de las reuniones
plenarias.
Articulo 10º: El Director Ejecutivo del ONA, será designado por
el Ministro de Economía y Producción de la Nación, a través de
propuestas que elevará la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentos –SAGPYA-.
Sus funciones serán:
Presidir la Comisión Ejecutiva del ONA,
Convocar a la primer reunión plenaria a los Secretarios de
Producción de todas las Jurisdicciones del País para definir:
a) Provincias que abarcarán las regiones donde se instalarán
los Observatorios Regionales de la Alimentación –ORA-;
b) Elección de los Secretarios Ejecutivos de cada una de las
regiones y lugar físico de funcionamiento de los ORA.
Propuesta del reglamento de funcionamiento de los ORA para
tratamiento y aprobación por la Comisión Ejecutiva del ONA,
Analizar alternativas de estructura de funcionamiento del
Observatorio Nacional y los Observatorios Regionales para
proponer en la Comisión Ejecutiva,
Elaborar propuestas para el Plan Anual del ONA, en consulta con la Comisión
Asesora,
Elaborar propuesta de presupuesto anual de gastos y
previsiones para ser tratado en la Comisión Ejecutiva,
Ser enlace entre la Comisión Ejecutiva y la Comisión Asesora
del Observatorio Nacional de la Alimentación.
Articulo 11º: Los Secretarios Ejecutivos presidirán los
Observatorios Regionales de la Alimentación, por el término de
1 (un) año, serán de carácter rotativo dentro de cada región. Su
estructura y funcionamiento quedara reglamentada por la
Comisión Ejecutiva del ONA en un plazo no mayor a 180 días de
constituida la misma.
Articulo 12º: La Comisión Ejecutiva y la Comisión Asesora se
citarán en reunión plenaria cada semestre fijando agenda de
trabajo en común y líneas de acción determinadas en Plan
Anual aprobado. Tendrá como función primordial observar el
cumplimiento de los objetivos expresados en el artículo 4º de la
presente ley.
Articulo 13º: Los gastos presupuestarios que demanden el
funcionamiento del Observatorio Nacional de la Alimentación,
serán imputados a la jurisdicción del Ministerio de Economía y
Producción de la Nación.-
Artículo 14º: Comuníquese al poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se
presenta esta iniciativa en la absoluta seguridad que todos los
representantes aquí reunidos somos concientes del valor y el
sentido profundo que tiene, en la vida y desarrollo de cada una
de nuestras comunidades, la alimentación. Es, sin duda, uno de
los derechos indiscutibles del ser humano ya que si éste es
deficiente se condena al individuo a una vida sin perspectivas
de desarrollo intelectual y físico, por tanto económico y social,
generando sociedades sin participación ni decisión.
Si es
cierto que la alimentación forma parte consustancial de la
existencia de las personas y los pueblos, es entonces nuestra
obligación, impulsar la creación de instrumentos del Estado
Nacional que permitan no solo realizar una lectura del escenario
alimentario actual, teniendo en cuenta el impacto de los nuevos
criterios que el paso de la
globalización va
imprimiendo (Ej.: cuestiones ambientales, marcas,
certificaciones de calidad, normas, etc.) y las señales del modelo
alimentario hegemónico que se propone en el mundo
postmoderno. Si no actuar, en dicho escenario, reconociendo los
actores principales, impulsando la asociatividad pertinente y
generando sinergias propias de desarrollo de los factores
estratégicos.
La
información no puede, ni debe, tener un carácter acumulativo,
sólo adquiere su sentido y valor en tanto se detecta, se reconoce
su procedencia y sentido, se pondera, sistematiza y organiza en
virtud de criterios proyectivos, es decir, en el marco y conjunto
de estrategias que se adoptan como políticas de estado.
Entonces, en este sentido, la información adquiere un carácter
dinámico y transformador, convirtiéndose en verdadera
herramienta de cambio cultural y social.
Indudablemente la alimentación y, especialmente, su matriz
conforman para la Argentina un eje estratégico central. En este
sentido, se trata de construir, mediante la creación del
Observatorio Nacional de Alimentación, la matriz alimentaria
Argentina en base a la comprensión íntegra de las fortalezas y
limitaciones que se tienen, las que perduran a través de los
años y que constituyen verdaderos bastiones culturales y
aquello que ha cambiado, que sigue transformándose por
impacto de los nuevos usos científicos y tecnológicos o mediante
actualizada metodología de gestión y gerenciamiento.
Desde
esta perspectiva, las cuestiones actuales en debate en los foros
mundiales y regionales como la calidad alimentaria y la
seguridad alimentaria se convierten necesariamente en ejes
estratégicos de análisis, principalmente para nuestro país,
entendiendo que los alimentos impactan directamente en un
marco de relaciones que afectan a la salud humana, a las
culturas, al medioambiente y a las bases mismas de producción
y reproducción de los procesos energéticos del planeta.
Desde la
perspectiva formulada la seguridad alimentaria, por ejemplo, es
mas que la simple entrega de alimentos y se convierte en la
necesidad de garantizar los niveles creíbles de proteínas y
nutrientes que permiten mejorar la calidad de vida de los que
mas necesitan. Porque el derecho a la alimentación es inherente
al contexto amplio de los ciudadanos, y es una obligación del
sector público asegurar la alimentación y trabajar para que las
condiciones de la ciudadanía en relación a este tema se
extiendan a la mayor parte de la población, tanto en cantidad ,
como en calidad.
En este sentido,
nuestro país, y especialmente los cordones urbanos presentan
situaciones viciadas de contrastes en las que se combina el
desarrollo de sectores modernos que utilizan los últimos
avances de la tecnología con la extensión de la miseria y la
mendicidad. En esta descripción de la realidad, la alimentación
cumpliría un rol estratégico de cambio y transformación social y
cultural –dado su carácter equiparador, en tanto se la analice y
proyecte con visión de futuro, articulando un auténtico sistema
nacional sustentable de alimentos.
Si
la alimentación forma parte esencial de la vida de los pueblos,
de la existencia misma de la humanidad es imprescindible
observar, analizar y comprender su organización, producción,
transformación, distribución y consumo, de esta forma no solo
estaremos reconociendo la identidad de los argentinos, sino que
tendremos la posibilidad de proyectar un futuro alimenticio mas
acorde con lo que queremos y soñamos.
Con
estos fundamentos, y muchos otros, que cada uno de ustedes
conoce según sus realidades regionales y locales los invito me
acompañen con su voto en la sanción de este proyecto de
ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
URTUBEY, JUAN MANUEL | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |