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PROYECTO DE TP


Expediente 2716-D-2012
Sumario: LIBERTAD DE VIENTRES: SE DESIGNA COMO FERIADO EXTRAORDINARIO EL DIA 31 DE ENERO DE 2013 EN EL BICENTENARIO DE SU DECLARACION APROBADA POR LA ASAMBLEA DEL AÑO XIII.
Fecha: 03/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 40
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


DESIGNACION DE FERIADO EXTRAORDINARIO EL 31 DE ENERO DE 2013
BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA LIBERTAD DE VIENTRES
ARTICULO 1º Desígnase el día 31 de enero de 2013, bicentenario de la Declaración de Libertad de Vientres por parte de la Asamblea del Año XIII, como feriado extraordinario en todo el territorio nacional.
ARTICULO 2º Comuníquese el Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La conmemoración Bicentenario, si bien comenzó hace dos años atrás con la conmemoración de la Revolución de Mayo de 1810, continúa con la evocación de distintos episodios destacados e importantes de nuestra historia que signaron el camino que nos llevo en 1816 a la declaración de nuestra independencia. En ese marco se inscribe el presente proyecto.
Una de las formas de evocar esos acontecimientos, fueron los feriados extraordinarios, comoel aniversario de la batalla de la Vuelta de Obligado (Ley 20.770), o de la creación de la Bandera Nacional (decreto 292/2011), por nombrar algunos.
La declaración de la Libertad de Vientres fue una de las primeras medidas adoptadas por la Asamblea del Año XIII en su sesión inaugural el 31 de enero de 1813.
La Libertad de Vientres fue un principio jurídico que se implantó en el siglo XIX en las nuevas naciones americanas y en España como parte del proceso que condujo a la abolición de la esclavitud. Consistía en otorgar la libertad a los hijos nacidos de esclavas. Hasta la aplicación de este precepto, el hijo nacido de un esclavo pasaba a formar parte del patrimonio del propietario de su madre, como una cosa. Una vez terminada la esclavitud el principio cayó en desuso por causa de su propia naturaleza temporal.
Este acontecimiento pone de manifiesto el valor que la libertad y la igualdad entre los seres humanos tiene para nuestro pueblo, en especial porque fue una de las primeras medidas adoptadas cuando recién comenzaba a gestarse nuestra Nación.
Faltaban algunos años para la declaración de la independencia y décadas para que ésta tierra fuera conocida en el concierto de las naciones como Argentina, pero ya estaba claro para los padres de la Patria que la esclavitud era una institución que repugnaba a los ideales de Mayo, y que nada tenía que ver con el modo de convivencia que se buscaba para éstos pueblos.
La adopción de ésta medida por la Asamblea del Año XIII, colocó a los pueblos del Plata en la vanguardia entre las naciones del orbe, dentro del movimiento abolicionista, garantizando a todos los seres humanos que nacían éste suelo el derecho a la libertad y a ser reconocidos como personas.
Para tener una noción más esclarecida de lo singular y trascendental de ésta declaración, podemos mencionar que en la mayoría de las naciones el combate de la esclavitud se dio décadas después: en el resto de las naciones hispanoamericanas en torno a 1820-1830, Estados Unidos 1865, España en 1870 y Brasil 1886.
La adopción de ésta medida también pone de relieve otro valor fundamental, que impregna nuestro ordenamiento jurídico hoy como ayer: la valoración y el reconocimiento de a vida y de la personalidad jurídica, antes del nacimiento. En efecto, los hijos en gestación de las esclavas aún no habían nacido, pero ya se les reconocía expresamente el derecho a la libertad.
Los precursores y fundadores de nuestra Patria fijaron los valores de la libertad, la igualdad y el respeto a la vida, que honraron a través de medidas concretas como la que aquí destacamos, y que nos distinguían entre los pueblos del mundo. Todos los argentinos podemos estar orgullosos de garantizar y defender, desde que nuestra nación se estaba gestando, los pilares de lo que hoy conocemos como Derechos Humanos. Esta medida, la Libertad de Vientres, marcó también un rumbo a las generaciones que la siguieron, del que esperamos nunca se aparten las generaciones que sigan a la nuestra.
La adopción de éste feriado será un aporte para que todos los argentinos reflexionemos en la importancia de los ideales que inspiraron la acción de la Asamblea del Año XIII, y que perduran hasta hoy.
Por todo lo expuesto, invito a los Señores Diputados a acompañar éste proyecto con su firma.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
TURISMO
CULTURA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
08/11/2012 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
14/11/2012 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
14/11/2012 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
15/11/2012 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1561/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MINORIA: ACONSEJA RECHAZAR EL PROYECTO 29/11/2012
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 21/11/2012 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012
Senado MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 19/12/2012
Senado CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2716-D-2012, 0120-CD-2012, 6641-D-2012, 6801-D-2012 y 7595-D-2012 19/12/2012 SANCIONADO