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PROYECTO DE TP


Expediente 1479-D-2014
Sumario: MODIFICACION DEL ARTICULO 34 DE LA LEY 20744 (TO 1976) - LEY DE CONTRATO DE TRABAJO, SOBRE FACULTAD DE LIBRE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE BIENES DE LOS MENORES DE DIECISEIS (16) AÑOS.
Fecha: 27/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Modifícase el artículo 34 de la ley 20.744 (t.o.1976) -Ley de Contrato de Trabajo- y sus modificatorias, que quedará redactado de la siguiente forma:
"Art. 34. -Facultad de libre administración y disposición de bienes.
Los menores desde los dieciséis (16) años de edad tienen la libre administración y disposición del producido del trabajo que ejecuten, regidos por esta ley, y de los bienes de cualquier tipo que adquirieran con ello, estando a tal fin habilitados para el otorgamiento de todos los actos que se requieran para la adquisición, modificación o transmisión de derechos sobre los mismos."
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto modificar el Art. 34 de la ley 20744 a fin de que los menores desde los 16 años de edad tengan la libre disposición de los bienes producidos por su trabajo.
El problema principal que se presenta con la actual redacción del art 34 de la LCT, es que los menores que tienen 16 y 17 años no pueden disponer libremente de lo producido por su trabajo. Por tal motivo, las entidades bancarias exigen la cotitularidad de los padres para que los menores puedan disponer de una cuenta sueldo en donde se le depositen los haberes. Luego, serán los padres quienes efectúen los retiros "por ventanilla" o por cajeros automáticos. Esta situación conculca los derechos de los menores y es lo que se pretende corregir por medio de este proyecto.
Por otra parte, la actual redacción del art. 34 ha quedado desactualizada en virtud de la reducción de la mayoría de edad a los 18 años a través de la reforma del Código Civil introducidas por la Ley 26.579.
Desde el plano laboral, la ley 26.390 (BO del 25/6/2008) establece los 16 años como edad mínima para trabajar. Conforme los establecido por el art. 32 LCT, los menores entre 16 y 18 años, si viven independientemente de sus padres o tutores, pueden trabajar con su conocimiento. En caso de vivir con ellos, se presume su autorización (art. 283, CCiv.).
No obstante lo precedentemente expuesto, cabe destacar que sólo tienen libre plena capacidad laboral y libre disposición de sus bienes los menores -varón o mujer- desde los 18 años y los menores emancipados por matrimonio.
En cuanto a la capacidad procesal, están facultados para estar en juicio laboral en acciones vinculadas al contrato de trabajo y para hacerse representar por mandatarios, con la intervención promiscua del Ministerio Publico a partir de los 16 años (art. 33, LCT ,conf. ley 26.390).
Respecto de los derechos sindicales, desde los 16 años están facultados -sin necesidad de autorización- a afiliarse al sindicato o desafiliarse.
Esta iniciativa pretende legislar a favor de la ampliación de derechos hacia los menores, siguiendo la línea que viene llevando a cabo el Gobierno de nuestra Presidenta Cristina Fernandez de Kirchner. En tal sentido observamos que la sanción de la ley 26.774 permite a nuestros jóvenes, que hayan cumplido los 16 años, puedan votar a las autoridades de nuestra República, ejerciendo plenamente su derecho político al sufragio de manera inclusiva y formativa en el ejercicio pleno de principios y valores democráticos.
Por lo expuesto, solicito a los señores diputados me acompañen con la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BARRETO, JORGE RUBEN ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GERVASONI, LAUTARO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ELORRIAGA, OSVALDO ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTRERA, MONICA GRACIELA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RIOS, LILIANA MARIA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
17/09/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
12/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
22/09/2015 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
24/09/2015 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2395/2015 05/10/2015
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CITACION SESION ESPECIAL 26/11/2015
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 26/11/2015 MEDIA SANCION
Diputados INSERCION DE LOS DIPUTADOS DEL CAÑO Y BREGMAN SOBRE SENTIDO DE SU VOTO 26/11/2015
Diputados INSERCION DEL DIPUTADO LOPEZ SOBRE SENTIDO DE SU VOTO 26/11/2015
Senado PASA A SENADO -