PROYECTO DE TP
Expediente 4779-D-2010
Sumario: IMPUESTO ADICIONAL DE EMERGENCIA SOBRE EL PRECIO DE VENTA DE CIGARRILLOS - LEY 24625 Y SUS MODIFICATORIAS; PRORROGA DE SU VIGENCIA DESDE EL 1 DE ENERO DE 2011 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
Fecha: 01/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
El Senado y Cámara de Diputados...
IMPUESTO ADICIONAL
DE EMERGENCIA SOBRE EL PRECIO DE VENTA DE
CIGARRILLOS
ARTICULO 1º: Prorrógase
desde el 1º de Enero de 2011 hasta el 31 de Diciembre de 2019, inclusive, la
vigencia del impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta
de Cigarrillos, establecido por la Ley 24.625 y sus modificaciones.
ARTICULO 2º: Derogase el
segundo párrafo del articulo 2º de la Ley 24.625 y sus modificaciones,
resultando de ello que el producido de este impuesto será coparticipable en los
términos de la Ley 23.548, complementarias y modificatorias.
ARTÍCULO 3º: Las
disposiciones de la presente ley enfrentarán en vigencia el día de su
publicación en el Boletín Oficial y surtirán efecto para los hechos imponibles
que se perfeccionen a partir del 1º de Enero de 2011, inclusive.
ARTÍCULO 4º: Comunicase al
Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Se propone, en primer lugar,
prorrogar la vigencia del impuesto estableciendo por Ley 24.625 desde el 1º
de Enero de 2011 hasta el 31 de Diciembre de 2019.
Si bien se trata de una
contribución que no debería merecer prórroga alguna, por cuanto es facultad
concurrente del Gobierno Nacional y de las provincias su establecimiento
(artículo 75, Inc. 2º de la Constitución Nacional), parece prudente fijar su
límite máximo de vigencia atento al carácter de "emergencia".
En segundo lugar, se propone la
derogación de la afectación específica: hoy la totalidad del producto del
impuesto se destina al ANSES. Creemos que en la actualidad no parece
sostenible el argumento del carácter deficitario del régimen, por cuanto está
financiado con letras a término al Tesoro Nacional, según es de público y
notorio conocimiento.
Por tanto, se propone que a partir
del 1º de Enero de 2010 inclusive se coparticipe en un 100% según lo
dispuesto en la Ley 23.548, sus modificatorias y complementarias.
Así, resultarán beneficiarias
también en virtud de las disposiciones legales vigentes, la provincia de Tierra
del Fuego y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El ANSES no dejará de recibir el
financiamiento establecido en el primer Pacto Fiscal de 1992: 15 % del
producto del mencionado impuesto.
Creemos que con este proyecto
se va dando cumplimiento, a medida que se produzcan los vencimiento, el
proceso de reasignación de los recursos tributarios que legítimamente
corresponde que sean coparticipable.
Por todo lo expuesto, solicitamos
la aprobación del presente Proyecto de Ley
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
03/11/2010 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1653/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 4779-D-2010, 0067-CD-2010, 7414-D-2010 y 7709-D-2010 | DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MINORIA: CON MODIFICACIONES | 05/11/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4779-D-2010, 0067-CD-2010, 7414-D-2010 y 7709-D-2010 | 10/11/2010 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4779-D-2010, 0067-CD-2010, 7414-D-2010 y 7709-D-2010 | ||
Senado | MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4779-D-2010, 0067-CD-2010, 7414-D-2010 y 7709-D-2010 | 15/12/2010 | |
Senado | MOCION CAMARA EN COMISION (AFIRMATIVA), CONFERENCIA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4779-D-2010, 0067-CD-2010, 7414-D-2010 y 7709-D-2010 | 15/12/2010 | |
Senado | CONSIDERACION Y SANCION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 4779-D-2010, 0067-CD-2010, 7414-D-2010 y 7709-D-2010 | 15/12/2010 | SANCIONADO |