PROYECTO DE TP
Expediente 0062-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS -AFIP-, SEÑOR RICARDO ECHEGARAY, SOBRE LAS INSPECCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL REALIZADAS POR DICHO ORGANISMO, A DIVERSAS EMPRESAS PERTENECIENTES AL RUBRO DE SERVICIOS EVENTUALES.
Fecha: 02/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Convocar de
manera urgente al Sr. Administrador de la AFIP (Administración Federal de
Ingresos Públicos), Sr. Ricardo Echegaray, conforme a los atributos del artículo
71 de la Constitución Nacional y lo dispuesto en el artículo 204 del Reglamento
de la H. Cámara de Diputados, a efectos de que sea interpelado por esta
Honorable Cámara y brinde las explicaciones pertinentes acerca de la falta de
respuesta al pedido de informes oportunamente presentado con fecha 5 de
mayo de 2014 (Nº de Expte.3087-D-2014), atento que dos de las empresas
beneficiarias de los subsidios por montos millonarios denominados REFOP, y
objeto del pedido de informes referenciado denominadas GUÍA LABORAL
EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES SRL, y PERTENECER SRL se han
presentado en concurso preventivo ante la Justicia Federal de esta Capital bajo
los autos caratulados "GUÍA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS
EVENTUALES SRL s/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. 28338/2014);
y "PERTENECER S.R.L. S/CONCURSO PREVENTIVO" (EXPTE. Nº
028767/2014) - AMBOS TRAMITADOS EN EL JUZGADO COMERCIAL 24 -
SECRETARIA Nº 48 - CON JURISDICCIÓN: CÁMARA NACIONAL DE
APELACIONES EN LO COMERCIAL.
El Sr. Administrador de la AFIP
deberá comparecer ante esta Honorable Cámara a los fines de dejar aclaradas
determinadas circunstancias y preguntas sin responder por parte del mismo,
pese a las advertencias que oportunamente esta Diputada realizó a través del
referido pedido de informes.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La presente citación radica en que
el funcionario público Sr. Ricardo Echegaray, Administrador de la AFIP
(Administración Federal de Ingresos Públicos), omitió al día de la fecha
responder el pedido de informes que esta Diputada realizara con fecha 5 de
mayo de 2014, y que ingresara bajo el número de expediente 3087-D-2014, por
el cual se advirtió la existencia de supuestas irregularidades y falta de
transparencia en el mecanismo de contratación y otorgamiento de subsidios de
algunas empresas pertenecientes al rubro de Servicios Eventuales,
aguardando se expida oficialmente al respecto, no siendo aún evacuado.
Que habiendo
tomado conocimiento a través del sitio web del Poder Judicial de la Nación, de
la existencia de los autos caratulados Que habiendo tomado conocimiento a
través del sitio web del Poder Judicial de la Nación, de la existencia de los
autos caratulados "GUÍA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS
EVENTUALES SRL s/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. 28338/2014); y
"PERTENECER S.R.L. S/CONCURSO PREVENTIVO" (EXPTE. Nº
028767/2014) - AMBOS TRAMITADOS EN EL JUZGADO COMERCIAL 24 -
SECRETARIA Nº 48 - CON JURISDICCIÓN: CÁMARA NACIONAL DE
APELACIONES EN LO COMERCIAL, por los cuales las mencionadas firmas
iniciaron demanda solicitando formación de su concurso preventivo, con fecha
11/09/2014 la primera de ellas y el 17/09/2014 la segunda de las nombradas,
ambas ante el Juzgado Federal de competencia Comercial de 24ª Nominación
- Secretaría 48º de esta Ciudad, advierte que se trata de una de las empresas
objeto del pedido de informes referenciado.
Oportunamente se destacó que el
crecimiento de las empresas, como fuente de desarrollo económico, y
generación de empleo es un hecho loable y que debe ser reconocido. Sin
embargo, si ese crecimiento se produjo como consecuencia de presuntos
hechos ilícitos o presuntas maniobras ilegales, estas deben ser evitadas y
sancionadas; más aún, como en la situación actual, donde dos empresas que
se habrían visto beneficiadas a través de los REFOP por montos millonarios,
cuando en realidad - y como su nombre lo indica - este subsidio estaba ideado
para empresas de transporte de cargas y se distribuía para compensar pagos
por cargas sociales a las empresas de este rubro, resulta altamente llamativo la
presentación en concurso preventivo por parte de las mismas.
Asimismo, y ante la falta de
respuesta por parte de AFIP respecto de si en relación a la firma referenciada y
las firmas detalladas en el pedido de informes de marras, la AFIP realizó
inspecciones en materia de seguridad social durante los últimos cinco años, si
efectuó denuncia penal contra la empresa Guía Laboral S.R.L. por delito penal
económico, cuál es el importe que Guía Laboral S.R.L. compensó con sus
posiciones mensuales de Seguridad Social como sumas retenidas durante los
últimos 5 años y qué porcentaje representa del total de las contribuciones a
pagar, si la AFIP constató que el total de las retenciones informadas en el
F.931 para compensar con el pago de Contribuciones hayan sido
efectivamente depositadas por las empresas usuarias del servicio (conforme el
régimen establecido en la RG AFIP 3983), si constató las presuntas
irregularidades existentes en las retenciones de contribuciones para el régimen
de seguridad social vigente para las usuarias de las empresas de servicios
eventuales (Conforme RG AFIP 3983/95), así como las presuntas
irregularidades en el bajo importe promedio de las remuneraciones del personal
que constan en las Declaraciones Juradas de aportes y contribuciones con
destino a los organismos de la seguridad social (Formulario 931 AFIP), es que
en su calidad de funcionario público exijo dé una respuesta.
El Sr. Echegaray no ha respondido
al día de la fecha, ni en relación a la empresa hoy concursada, ni a las otras
empresas detalladas en el pedido de informes de marras, acerca de cuál es la
calidad en virtud de la cual las empresas referenciadas serían beneficiarias de
los mismos, desde cuando, hasta cuándo, cuáles son las condiciones de
mantenimiento, montos, acto administrativo y fecha de publicación en el Boletín
Oficial por el cual se formalizaron dichos subsidios, si se realizaron auditorías,
con que fechas, y responsables de las mismas.
Uno de los pilares esenciales de
una República es la transparencia en los actos de gobierno, y cuando se
advierten presuntas irregularidades que es menester aclarar, y el funcionario
público que tiene el deber de hacerlo, lo omite, entonces se hace necesario
recurrir a la interpelación directa al mismo, a los fines de que responda ante la
Cámara lo que no ha respondido aún a esta Diputada Nacional.
Por ello solicito a mis pares que
acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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