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PROYECTO DE TP


Expediente 0062-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS -AFIP-, SEÑOR RICARDO ECHEGARAY, SOBRE LAS INSPECCIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL REALIZADAS POR DICHO ORGANISMO, A DIVERSAS EMPRESAS PERTENECIENTES AL RUBRO DE SERVICIOS EVENTUALES.
Fecha: 02/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar de manera urgente al Sr. Administrador de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), Sr. Ricardo Echegaray, conforme a los atributos del artículo 71 de la Constitución Nacional y lo dispuesto en el artículo 204 del Reglamento de la H. Cámara de Diputados, a efectos de que sea interpelado por esta Honorable Cámara y brinde las explicaciones pertinentes acerca de la falta de respuesta al pedido de informes oportunamente presentado con fecha 5 de mayo de 2014 (Nº de Expte.3087-D-2014), atento que dos de las empresas beneficiarias de los subsidios por montos millonarios denominados REFOP, y objeto del pedido de informes referenciado denominadas GUÍA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES SRL, y PERTENECER SRL se han presentado en concurso preventivo ante la Justicia Federal de esta Capital bajo los autos caratulados "GUÍA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES SRL s/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. 28338/2014); y "PERTENECER S.R.L. S/CONCURSO PREVENTIVO" (EXPTE. Nº 028767/2014) - AMBOS TRAMITADOS EN EL JUZGADO COMERCIAL 24 - SECRETARIA Nº 48 - CON JURISDICCIÓN: CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL.
El Sr. Administrador de la AFIP deberá comparecer ante esta Honorable Cámara a los fines de dejar aclaradas determinadas circunstancias y preguntas sin responder por parte del mismo, pese a las advertencias que oportunamente esta Diputada realizó a través del referido pedido de informes.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente citación radica en que el funcionario público Sr. Ricardo Echegaray, Administrador de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), omitió al día de la fecha responder el pedido de informes que esta Diputada realizara con fecha 5 de mayo de 2014, y que ingresara bajo el número de expediente 3087-D-2014, por el cual se advirtió la existencia de supuestas irregularidades y falta de transparencia en el mecanismo de contratación y otorgamiento de subsidios de algunas empresas pertenecientes al rubro de Servicios Eventuales, aguardando se expida oficialmente al respecto, no siendo aún evacuado.
Que habiendo tomado conocimiento a través del sitio web del Poder Judicial de la Nación, de la existencia de los autos caratulados Que habiendo tomado conocimiento a través del sitio web del Poder Judicial de la Nación, de la existencia de los autos caratulados "GUÍA LABORAL EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES SRL s/ CONCURSO PREVENTIVO" (Expte. 28338/2014); y "PERTENECER S.R.L. S/CONCURSO PREVENTIVO" (EXPTE. Nº 028767/2014) - AMBOS TRAMITADOS EN EL JUZGADO COMERCIAL 24 - SECRETARIA Nº 48 - CON JURISDICCIÓN: CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL, por los cuales las mencionadas firmas iniciaron demanda solicitando formación de su concurso preventivo, con fecha 11/09/2014 la primera de ellas y el 17/09/2014 la segunda de las nombradas, ambas ante el Juzgado Federal de competencia Comercial de 24ª Nominación - Secretaría 48º de esta Ciudad, advierte que se trata de una de las empresas objeto del pedido de informes referenciado.
Oportunamente se destacó que el crecimiento de las empresas, como fuente de desarrollo económico, y generación de empleo es un hecho loable y que debe ser reconocido. Sin embargo, si ese crecimiento se produjo como consecuencia de presuntos hechos ilícitos o presuntas maniobras ilegales, estas deben ser evitadas y sancionadas; más aún, como en la situación actual, donde dos empresas que se habrían visto beneficiadas a través de los REFOP por montos millonarios, cuando en realidad - y como su nombre lo indica - este subsidio estaba ideado para empresas de transporte de cargas y se distribuía para compensar pagos por cargas sociales a las empresas de este rubro, resulta altamente llamativo la presentación en concurso preventivo por parte de las mismas.
Asimismo, y ante la falta de respuesta por parte de AFIP respecto de si en relación a la firma referenciada y las firmas detalladas en el pedido de informes de marras, la AFIP realizó inspecciones en materia de seguridad social durante los últimos cinco años, si efectuó denuncia penal contra la empresa Guía Laboral S.R.L. por delito penal económico, cuál es el importe que Guía Laboral S.R.L. compensó con sus posiciones mensuales de Seguridad Social como sumas retenidas durante los últimos 5 años y qué porcentaje representa del total de las contribuciones a pagar, si la AFIP constató que el total de las retenciones informadas en el F.931 para compensar con el pago de Contribuciones hayan sido efectivamente depositadas por las empresas usuarias del servicio (conforme el régimen establecido en la RG AFIP 3983), si constató las presuntas irregularidades existentes en las retenciones de contribuciones para el régimen de seguridad social vigente para las usuarias de las empresas de servicios eventuales (Conforme RG AFIP 3983/95), así como las presuntas irregularidades en el bajo importe promedio de las remuneraciones del personal que constan en las Declaraciones Juradas de aportes y contribuciones con destino a los organismos de la seguridad social (Formulario 931 AFIP), es que en su calidad de funcionario público exijo dé una respuesta.
El Sr. Echegaray no ha respondido al día de la fecha, ni en relación a la empresa hoy concursada, ni a las otras empresas detalladas en el pedido de informes de marras, acerca de cuál es la calidad en virtud de la cual las empresas referenciadas serían beneficiarias de los mismos, desde cuando, hasta cuándo, cuáles son las condiciones de mantenimiento, montos, acto administrativo y fecha de publicación en el Boletín Oficial por el cual se formalizaron dichos subsidios, si se realizaron auditorías, con que fechas, y responsables de las mismas.
Uno de los pilares esenciales de una República es la transparencia en los actos de gobierno, y cuando se advierten presuntas irregularidades que es menester aclarar, y el funcionario público que tiene el deber de hacerlo, lo omite, entonces se hace necesario recurrir a la interpelación directa al mismo, a los fines de que responda ante la Cámara lo que no ha respondido aún a esta Diputada Nacional.
Por ello solicito a mis pares que acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA