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PROYECTO DE TP


Expediente 0062-D-2012
Sumario: DEROGACION DEL DECRETO 454/2001 Y SUS PRORROGAS: NORMALIZACION DEL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE -CNRT-.
Fecha: 01/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


NORMALIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)
ARTÍCULO 1: Deróguese el Decreto 454/2001 y sus prórrogas.
ARTÍCULO 2: Dispónese la normalización de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) de acuerdo a los establecido en el Decreto 1388/96.
ARTÍCULO 3: Ordénese al Poder Ejecutivo, que en un plazo de 30 días corridos a partir de la puesta en vigencia de la presente ley, dicte los actos administrativos correspondientes que garanticen la normalización prevista en el artículo segundo.
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A partir de los años 90 el Estado argentino protagonizó un proceso de transformación económica a través de políticas que sustancialmente pueden resumirse en la privatización de las empresas públicas, la desregulación económica y la descentralización administrativa.
El Decreto Nº 2284/91 de Desregulación Económica enunció los principales cambios tendientes a profundizar la libertad económica y la reforma del Estado, incluyendo la puesta en marcha de entes reguladores, la reforma fiscal y la desregulación del comercio exterior e interior.
Bajo este enfoque se modificó esencialmente el modo de concebir las tareas relativas a la regulación, control y fiscalización de los servicios prestados a la población y anteriormente administrados casi en su totalidad por empresas estatales, dando lugar a la privatización de las mismas y a la aparición de los entes reguladores. De esta forma el estado delegó en operadores privados la gestión de los servicios privatizados, reservándose la facultad de regular y controlar la actividad de los mismos.
La concesión al sector privado de los servicios de Ferrocarriles Argentinos fue establecida en 1989 a través de la ley N° 23696 de Reforma del Estado. Fue en este marco que el Presidente de la Nación firmó el decreto-plan para ferrocarriles, que preveía la racionalización de los servicios de pasajeros, su provincialización o entrega en concesión a empresas privadas, la privatización de toda la red de cargas y la venta, alquiler o concesión de inmuebles de Ferrocarriles Argentinos.
A fin de ejecutar y fiscalizar las normas y decisiones políticas tomadas por la Administración Central (a través de la Secretaría de Transporte) se crearon tres instancias administrativas eminentemente técnicas: la Unidad de Coordinación del Programa de Reestructuración Ferroviaria (U.C.P.R.F.) a la que se encomendaron las funciones de fiscalización y control de las concesiones a otorgar para la explotación de los servicios ferroviarios de la Región Metropolitana de Buenos Aires a través de la Resolución M.E.Y O.S.P. Nº 792/93, la Comisión Nacional de Transporte Ferroviario (C.N.T.F.), creada por Decreto Nº 1836/93 cuyo objetivo fue intervenir en todo lo relativo a las concesiones del transporte ferroviario interurbano de pasajeros y de cargas otorgadas o a otorgarse tanto a las provincias como al sector privado y entender en la regulación relativa a la seguridad del transporte de pasajeros y de cargas por via ferrea- de superficie y subterráneo - en todo el territorio de la República Argentina incluyendo los servicios cuya explotación se transfería en concesión tanto a las provincias como al sector privado, y la Comisión Nacional del Transporte Automotor (Co.N.T.A.), creada por Decreto Nº 104/93 cuyas como funciones básicas eran la gestión y control de la operación del sistema de transporte automotor de cargas y pasajeros de jurisdicción nacional.
Con intención de completar el esquema de reforma iniciado en 1989, en el año 1996 el Estado Nacional firmó el Decreto Nº 660/96 que dispuso la fusión de estos tres organismos en la actual Comisión Nacional de Regulación del Transporte (C.N.R.T.). La misma, tiene como misión "concentrar sus recursos en el control y la fiscalización de las actividades desarrolladas por sus operadores, así como en la protección de los derechos de los usuarios"
El Estatuto que determina los objetivos y estructura de la Comisión fue aprobado mediante el Decreto Nº 1388/96, comenzando a funcionar efectivamente el día 10 de diciembre de 1996.
En la actualidad la característica principal del Organismo es la de reunir en un único ámbito, el control y la fiscalización de los principales operadores del transporte terrestre de jurisdicción nacional.
En el 2001, a través del Decreto 454/2001 el PEN intervino la C.N.R.T. por haberse "detectado falencias en la gestión del ente que conspiran contra los objetivos tuitivos de los derechos de los usuarios, la competitividad en los mercados y el logro de mayor seguridad y confiabilidad del transporte involucrado."
En consecuencia, se inició un proceso de "profunda reestructuración en procura de que el citado organismo se ajuste a una nueva dinámica operativa y de resultados, intensificando las acciones orientadas a alcanzar mejores estándares en materia de cobertura y de calidad de los servicios públicos de transporte."
Han pasado ya 11 años de intervención del organismo, y hoy nos encontramos con una C.N.R.T. incapaz de resolver de manera eficiente los reclamos de los usuarios y el control del sistema de transporte argentino. Prueba clara de esto fue la tragedia ocurrida el 22 de febrero de 2012, en la estación de Once de la ex línea Sarmiento, concesionada a la empresa TBA S.A. En dicha catástrofe, murieron 51 personas y resultaron heridas más de 600 personas.
Son conocidos ya los informes de la AGN sobre el funcionamiento del organismo, cuyos relevamientos informan, por ejemplo: escasísimos controles de calidad del sistema de atención comercial en los diversos servicios; ausencia de resolución y/o derivación de quejas formalmente planteadas por los usuarios; deficiente confección y utilización de los formularios de quejas disponibles, según los manuales de procedimiento de atención a reclamos de usuarios convencionalmente aceptados; expedientes paralizados por el mero transcurso del tiempo, sin impulso administrativo alguno.
Ante esta situación, que la viven los usuarios a diario, vemos necesaria la necesidad de dar fin con la intervención del organismo, como primer paso a una nueva reestructuración del organismo, que incluya la "participación de las asociaciones de consumidores y usuarios" como lo establece el Art. 42 de la Constitución Nacional.
Por todo lo expuesto es que solicitamos el acompañamiento de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
TERADA, ALICIA CHACO COALICION CIVICA - ARI
DE PRAT GAY, ALFONSO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
COMI, CARLOS MARCELO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA