PROYECTO DE TP
Expediente 1979-D-2010
Sumario: MODIFICACION DEL ARTICULO 165 DE LA LEY 20744 (TEXTO ORDENADO 1976) - LEY DE CONTRATO DE TRABAJO, SOBRE ESTABLECIMIENTO DE DIAS FERIADOS NACIONALES Y DIAS NO LABORALES.
Fecha: 09/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º : Modificase el
artículo 165 de la ley 20.744 (t.o.1976) -Ley de Contrato de Trabajo- y sus
modificatorias, que quedará redactado de la siguiente forma:
"Art. 165: Serán feriados
nacionales y días no laborables, los establecidos en el régimen legal y
convencional que los regule."
Artículo 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuevamente la redacción
que aquí se propone se corresponde con el texto del artículo 180 de la
ley 20.744 en su redacción originaria. El art. 180 fue modificado por la
ley de facto 21.297. Al dictarse el Texto Ordenado por Decreto 390/76,
dicho artículo quedó numerado como 165.
La ley de
facto eliminó la frase " y convencional" del texto del artículo.
Efectivamente, el art. 180 establecía como días feriados y/o no
laborables no sólo los enumerados en la ley vigente sino los
establecidos en los convenios colectivos. En casi todos los casos se
trataba de los días que conmemoraban "el día del gremio ..".
Con relación a los días
feriados, rige lo dispuesto en la actual ley de feriados y sus
modifcatorias (ley 21.329), la que no incluye los días establecidos en
los convenios colectivos. Es por ello que, reiteradamente, deben
sancionarse leyes estableciendo como feriado el día del trabajador de
un determinado gremio. En dichos días el trabajo se encuentra
prohibido y se aplican las normas correspondientes al descanso
dominical, a diferencia de los días no laborables que son optativos para
el empleador que puede o no requerir la prestación.
En conclusión, se propone
el restablecimiento de la redacción originaria de la LCT, a fin de
establecer definitivamente que los días feriados y/o no laborables
serán no sólo los establecidos en la ley de feriados, sino además los
establecidos en las convenciones colectivas.
Por lo expuesto, solicito a los
señores diputados me acompañen con la aprobación de la presente
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SALIM, JUAN ARTURO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia) |
LEGISLACION DEL TRABAJO |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
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TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
24/06/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
25/08/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
26/08/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1048/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1979-D-2010, 0059-CD-2010 y 5083-D-2010 | CON MODIFICACIONES | 03/09/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1979-D-2010, 0059-CD-2010 y 5083-D-2010 | 13/10/2010 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1979-D-2010, 0059-CD-2010 y 5083-D-2010 |