PROYECTO DE TP
Expediente 2260-D-2015
Sumario: CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ, PROVINCIA DE SANTA FE. SE LA DECLARA "CUNA DE LA CONSTITUCION Y CAPITAL NACIONAL DE LAS CONVENCIONES CONSTITUYENTES".
Fecha: 28/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
El Senado y Cámara de Diputados...
INSTITUCIÓN DE SANTA FE DE LA
VERA CRUZ COMO CIUDAD CUNA DE LA CONSTITUCIÓN Y CAPITAL NACIONAL
DE LAS CONVENCIONES CONSTITUYENTES
Artículo 1º: Se declara a la ciudad de
Santa Fe de la Vera Cruz cuna de la Constitución Nacional y Capital Nacional de las
Convenciones Constituyentes.
Artículo 2°: Se desígna a la ciudad de
Santa Fe de la Vera Cruz como lugar oficial de los actos celebratorios de los
aniversarios de la Constitución Nacional
Artículo 3°: De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Santa Fe, "Cuna de la Constitución
Nacional", es la denominación que adquirió la capital de la provincia de Santa Fe a
partir de la sanción de la primera constitución Argentina en 1853. Este
trascendental hecho histórico fue el corolario de importantes pactos, tratados y
convenciones llamados "preexistentes" -por los constituyentes de 1853-, que
sirvieron de base para la sanción de la Constitución Argentina.
La fundación de la ciudad de Santa Fe
ocurrió un domingo 15 de noviembre de 1573. La ciudad, fundada por Juan De
Garay, se situaba originalmente en la barranca occidental del río de los Quiloazas,
hoy río San Javier: "Fundo y asiento y nombro esta ciudad de Santa Fe, en esta
provincia de calchines y mocoretás".
La ciudad, en su antiguo
emplazamiento (donde hoy se encuentra la localidad de Cayastá), se edificó en
torno a la Plaza de Armas, donde se alzó el rollo, tronco de algarrobo, símbolo de
la justicia y el poder real, plantado en el momento de la fundación oficial. Tenía
once manzanas de norte a sur y seis de este a oeste, y su trazado se hizo en
forma de damero. En torno a la Plaza de Armas se distribuían los principales
edificios: el Cabildo, la Iglesia Matriz, las Iglesias y conventos de los franciscanos,
los dominicos, los mercedarios y los jesuitas, y las calles y solares para los vecinos.
Fuera del trazado urbano se repartieron las tierras para las chacras y las estancias.
Hoy se conserva la mitad de la Plaza, ya que el río la ha cortado en diagonal, el
resto está bajo agua, al igual que la casa de Garay, el colegio e iglesia de los
jesuitas y las iglesias Matriz y San Roque.
Según algunos historiadores, Garay
llamó a su ciudad Santa Fe en homenaje a la fe católica de la que España era por
entonces defensora universal frente a los moros, judíos y protestantes. El nombre
de Santa Fe de la Vera Cruz, según Federico Guillermo Cervera, aparece ya en
1651, es decir, casi al inicio del proceso del traslado, y parece ser que su elección
está vinculada a la celebración de la verdadera Cruz que corresponde al Viernes
Santo, pues la decisiva reunión del Cabildo del 12 de abril de ese año fue
consecutiva de la Semana Santa.
Es en Santa Fe donde, antes de 1576,
se realiza la primera yerra de ganado. En las cartas del Cabildo de Santa Fe
aparecen registradas y dibujadas las primeras marcas de hacienda que se conocen
en la región del Plata.
Entre los numerosos gobernadores
que tuvo Santa Fe en su antiguo emplazamiento, se destaca Hernando Arias de
Saavedra (Hernandarias), considerado como una de las principales figuras de la
época en la región del Río de la Plata, además de haber sido el primer gobernador
criollo. Fue gobernador en seis oportunidades entre 1592 y 1631, y estaba casado
con la hija de Garay, Gerónima de Contreras.
No podemos dejar de mencionar a
Pedro De Vega, que fue el primer maestro del Río de la Plata, quien enseñó a leer
y escribir en las dilatadas regiones del Litoral fluvial. Era tan necesaria su presencia
en el medio, que el Cabildo, en conocimiento de que se proponía abandonar la
ciudad, resolvió prohibirle, bajo pena de 200 castellanos, salir de Santa Fe en
1577, para que ésta no se quedara sin la única persona que enseñaba a leer y
escribir la doctrina cristiana a los niños de corta edad.
En 1651, el Cabildo resuelve el
traslado de la ciudad a unos 70 kilómetros más al sur, en la confluencia de los ríos
Paraná y Salado. Los malones, el aislamiento, las crecientes, apuran a tomar esta
determinación. El traslado duró 10 años y el 3 de abril de 1660 ya se encontraban
instaladas en el nuevo sitio, llamado el "Pago de la Vera Cruz", las autoridades
capitulares.
En el año 1662, por real cédula
española, Santa Fe fue señalado "puerto preciso", lo que significaba que todo
buque que hiciera tráfico por el río Paraná debía registrarse y hacer escala
obligada en Santa Fe, reivindicando así cierta relevancia del beneficio de ser una
ciudad puerto.
La revolución de los Mancebos,
sublevación conocida como la "Revolución de los 7 Jefes", fue instigada por el
gobernador de Tucumán, Gonzalo de Abreu, que pretendía una salida al río Paraná
para que el Tucumán tuviera una salida al mar. Hizo que un grupo de hombres se
envalentonaran en ausencia del Teniente Gobernador Juan de Garay (que se
hallaba fundando la ciudad de Buenos Aires); pretendían su destitución y hacerse
cargo del gobierno. Los conjurados fueron once hombres, entre los cuales, la
historia recuerda especialmente a Lázaro de Venialvo, Diego de Leiva, Domingo
Romero, Pedro Gallego, Diego Ruiz, Rodrigo Mosquera y Pedro Villalta.
La rebelión terminó con la muerte de
cinco de ellos, que fueron ajusticiados en la ciudad de Santa Fe y los otros dos,
Rodrigo Mosquera y Pedro Villalta, lo fueron en Santiago del Estero, a manos del
gobernador Francisco de Lerma.
Francisco Antonio Candioti, asumió
interinamente como gobernador el 2 de abril de 1815 y fue elegido por el pueblo el
día 26 del mismo mes y año, marcando de esta forma la primera etapa gallarda y
victoriosa en la lucha de Santa Fe por el logro de su autonomía.
En esta etapa, Santa Fe comienza a
independizarse del tutelaje de Buenos Aires. Por ello se considera a Candioti como
el primero de los llamados gobernadores independientes de Santa Fe. Dueño de
una especial personalidad y destacándose la noble sencillez que caracterizaba todo
su porte, recibió el apelativo de Príncipe de los Gauchos. Al poco tiempo de haber
asumido, enfermó gravemente debiendo delegar el mando en el Alcalde de Primer
Voto, Pedro Tomás de Larrechea. Candioti falleció el 27 de agosto de 1815 y con él
se perdió la autonomía santafesina, que será restablecida el 1 de abril de
1816.
El Brigadier Estanislao López nació el
22 de noviembre de 1786, y tras pasar por las aulas de la escuela de los Padres
Franciscanos, se incorporó al antiguo Cuerpo de Blandengues, donde participó en
las guerras por la Independencia, conociendo y admirando allí la causa federal del
caudillo oriental Artigas. Transformándose en un hombre de armas, defendió los
derechos federales y autónomos de las provincias. El 23 de julio de 1818,
Estanislao López asume la gobernación de la provincia. Habiendo llegado el poder
en un momento de crisis profunda, podría haber querido perpetuarse en él
ilimitadamente. Sin embargo, delega el gobierno en el Cabildo el 18 de junio de
1819, para abrir así el juego político. El 8 de julio del mismo año, los electores
confirman a López en el mando, ahora con títulos acordes a su espíritu
republicano. Con el devenir del tiempo, crecía el ansia de autonomía, que llegó en
el año 1819 con la primera Constitución provincial. La misma es legitimada por
López en su función de gobernador, reconociendo una Sala de Representantes
como Poder Legislativo provincial, siendo entonces Santa Fe la primera provincia
argentina que se dio su propia Constitución, organizando los poderes del Estado y
reconociendo los derechos de los habitantes.
Desde su función de gobernador,
López fomentó pactos y acuerdos que sentaron las bases de las autonomías
federales organizadas y protegidas por el Estado Nacional, a fin de unificarlas,
viéndose la necesidad de promulgar una Constitución Nacional. Por su accionar
destacado, se ganó el nombre de "Patriarca de la Federación", ya que fue el
principal impulsor de la organización nacional, formando parte de los caudillos que
defendían las ideas federales.
El 25 de enero de 1822, se firma el
Tratado del Cuadrilátero, llamado así por ser cuatro las provincias signatarias:
Buenos Aires, Corrientes, Entre Ríos y Santa Fe. Por él juran acudir en defensa del
honor e integridad de la Nación ante cualquier invasor extranjero.
El 13 de marzo de 1823 se firma el
Tratado de Auxilio con Montevideo, firmado entre Santa Fe y el Cabildo de
Montevideo, donde la primera se compromete a emplear todo su poder para
libertar a la Banda Oriental del intruso Emperador Pedro I.
Luego, la Convención Nacional (1828-
1829) llamada comúnmente "Representación Nacional", tiene por objeto organizar
la República bajo el régimen federal. Declara como único poder nacional a la
representación reunida en Santa Fe y encarga al gobernador Estanislao López el
curso de las comunicaciones diplomáticas.
El 23 de febrero de 1830 se firma el
Tratado de Alianza con Corrientes, como paso previo a una alianza ofensiva-
defensiva entre las cuatro provincias del Litoral.
El 4 de enero de 1831 se firma el
Pacto Federal, tratado definitivo de alianza ofensiva-defensiva entre Buenos Aires,
Santa Fe y Entre Ríos. Corrientes adhirió el 29 de septiembre del mismo año.
El 31 de mayo de 1852 se firmó el
Acuerdo de San Nicolás, con la participación de los gobernadores de las provincias
de Buenos Aires, Santa Fe, Corrientes, San Luis, San Juan, Tucumán, Mendoza,
Santiago del Estero, La Rioja, Catamarca y Entre Ríos, al que se sumaron el 1º de
Julio las provincias de Salta, Jujuy y Córdoba. La firma del acuerdo representó un
compromiso efectivo de las provincias para encaminar la organización del país bajo
un sistema representativo, federal y republicano.
Al asumir una tradición política que se
remontaba al Pacto Federal de 1831, el Acuerdo de San Nicolás renovó la vigencia
de este antiguo tratado y definió la convocatoria a un Congreso Constituyente que
debía reunirse en la ciudad de Santa Fe y la elección de dos diputados por
provincia, valiéndose de las leyes vigentes en cada una de ellas. La representación
de la provincia de santa fe recayó sobre Manuel Leiva y Juan Francisco Seguí. El
Congreso Constituyente inició sus sesiones preparatorias en la ciudad de Santa Fe
el 15 de Noviembre con la designación de autoridades y la aprobación de la
fórmula de juramento. Se designó presidente a Facundo Zuviría, vicepresidente a
Manuel Leiva y secretarios a Delfín Huergo y Juan Francisco Seguí.
Las sesiones ordinarias comenzaron el
20 de Noviembre de 1852 con la presencia de los representantes de 13 provincias
y la ausencia de Buenos Aires cuya Legislatura había rechazado el acuerdo. Ahí se
inicia un proceso de ruptura con la confederación urquicista que se profundizarà
con la Revolución septembrina del 52, prolongándose hasta 1861.
El cabildo de Santa Fe fue designado
sede de la Convención por ley provincial. Luego de arreglos mínimos en el edificio
y la restauración, previo préstamo del mobiliario utilizado en el Acuerdo de San
Nicolás, se dio inicio a las sesiones. La conformación del acuerdo constituyente
mostró el predominio de profesores, juristas y algunos sacerdotes. Por otro lado,
varios de los diputados elegidos no eran nativos de las provincias que
representaban o habían dejado de residir en ellas hacía tiempo.
A días de iniciadas las deliberaciones
se eligió la Comisión encargada de redactar el proyecto preliminar. Estuvo
integrada originalmente por Manuel Leiva, Juan María Gutierrez, José Benjamin
Gorostiaga, Pedro Díaz Colodrero y Pedro Ferre. El 25 de febrero de 1853 se
sumaron Santiago Derqui y Martín Zapata. Salustiano Zavalía ocupó el lugar de
Ferré cuando éste debió ausentarse por las negociaciones con Buenos Aires en
marzo y, más tarde, Juan del Campillo reemplazó a Derqui, Gorostiaga y Gutierrez
tuvieron un rol decisivo en la redacción definitiva del proyecto y en su posterior
defensa ante el Congreso el 18 de Abril de 1853.
El 20 de Abril se inició el debate del
proyecto con un pedido de Zuviría para aplazar la aprobación del texto
constitucional hasta la pacificación total del territorio. Varios diputados, entre ellos
Gorostiaga, Gutiérrez y Seguí sostuvieron la necesidad de su aprobación inmediata.
En la votación siguiente el proyecto fue aprobado por 14 votos contra 4.
Aprobada el 1º de Mayo, la
Constitución afirmó los principios de un gobierno representativo y republicano, con
una formulación federal moderada que reconocía la autonomía de las provincias a
la par que organizaba un fuerte poder central. El Poder Legislativo se organizó en
dos cámaras, una de Diputados y otra de Senadores; el Poder Ejecutivo, como
unipersonal, elegido por un colegio electoral y sin posibilidad de reelección
inmediata, y el Poder Judicial, como independiente. Aunque el catolicismo fuera
reconocido como religión oficial, se garantizó la libertad de culto. Fue asegurado el
ejercicio de las libertades individuales, llamándose a habitar nuestro suelo a todos
los hombres de distintas nacionalidades junto con un fuerte reconocimiento de los
derechos civiles.
Al gobierno nacional le fue otorgado
el poder de suspender las garantías constitucionales por medio del estado de sitio;
a la vez que se creó una institución especial de intervención federal en las
provincias en determinados casos. Con vistas al logro de un equilibrio entre el
poder central y poderes locales, las provincias debieron dictar sus respectivas
cartas constitucionales, que requerían la aprobación del poder nacional. Frente al
complejo tema de la capital nacional, la Constitución declaraba en su artículo 3 a la
Ciudad de Buenos Aires como sede de las autoridades nacionales.
Una de las influencias más fuertes del
texto constitucional fue la obra de Juan Bautista Alberdi, y en especial su libro
"Bases y puntos de partida para la organización política de la República Argentina".
Otras influencias significativas fueron la tradición constitucional vigente al
momento de su redacción, principalmente la norteamericana y la chilena. En la
provincia de Santa Fe, la derivación de la puesta en vigencia de la Constitución de
1853 fue la convocatoria a la redacción a un nuevo texto constitucional provincial
para reemplazar al vigente de 1841, que cristalizaría en la Constitución Provincial
de 1856.Finalmente, luego de 30 años de enfrentamientos entre unitarios y
federales, se culmina con la convocatoria al Congreso General Constituyente de
1853. La ciudad de Santa Fe fue la elegida por los congresales de todas las
provincias para reunirse y proclamar la autonomía federal dictando la Constitución
Nacional que regiría a la Argentina.
El 1° de mayo de 1853 se sanciona la
Constitución Nacional, la misma es promulgada el 25 de mayo, y jurada el 9 de
julio, como homenaje a las fechas patrias. El 25 de mayo de 1854, se forma el
Congreso de Paraná, donde se organizan los distintos poderes de la Nación. La
Constitución de 1853 fue aprobada con el apoyo general de los gobiernos
provinciales, con la importante excepción de Buenos Aires (separada de la
Confederación desde 1852, incorporada nuevamente hacia 1859). No obstante
ello, es la Carta Magna de 1853 la que, aún hoy, guía el destino de los argentinos,
que tienen en ella el instrumento protector de todas sus libertades y las garantías
de todos sus derechos.
En la provincia de Santa Fe, la
derivación de la puesta en vigencia de la Constitución de 1853 fue la convocatoria
a la redacción a un nuevo texto constitucional provincial para reemplazar al vigente
de 1841, que cristalizaría en la Constitución Provincial de 1856.
En la Convención para la Reforma
Parcial de la Constitución Nacional (1ro. de setiembre al 10 de octubre de 1957) se
refrenda la ciudad de Santa Fe en su tradición constitucional, y entre otros
considerandos dice: "Santa Fe ha sido tradicionalmente la ciudad de la inspiración
constitucional y por ello se la elige nuevamente como sede, por ser Ciudad de las
Convenciones".
Ya en nuestros días, la más reciente
Convención Constituyente del año 1994, acentuó con espíritu federal la
participación de las Provincias y Municipalidades, y tuvo la característica de ser
aprobada con el voto unánime de todos los convencionales.
Esta iniciativa, que celebra el espíritu
constituyente de la ciudad de Santa Fe, encuentra antecedentes en otras
propuestas legislativas; tal es el caso del Expte. 5965 - D - 2000 presentado por la
Diputada de la Nación María del Carmen Alarcón (M.C.), el cual tuvo media sanción
en esta Cámara de Diputados. El mismo declaraba a Santa Fe Capital Nacional de
las Convenciones Constituyentes.
Este proyecto fue presentado el 19 de
noviembre de 2008 bajo el N° de Expediente 6479 - D - 08, por el Diputado (MC)
Miguel Ángel Barrios, Partido Socialista.
Este proyecto fue representado el 3
de abril de 2013, Expediente N° 1513- D-13 año en el que se celebraron 160 años
de nuestra Constitución, no fue tratado y ha perdido estado parlamentario
creemos oportuno representarlo nuevamente ya que entendemos se tributaría un
merecido homenaje a la ciudad de Santa Fe de la Veracruz. Tal homenaje no haría
sino honrar la tradición histórica que con mucho orgullo llevan la ciudad y sus
habitantes.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del Presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BARCHETTA, OMAR SEGUNDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
CULTURA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
EDUCACION Y CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/06/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
09/08/2016 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
11/08/2016 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0354/2016 | 17/08/2016 | |
Senado | Orden del Dia 0471/2017 | 24/08/2017 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 14/09/2016 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - |