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PROYECTO DE TP


Expediente 0041-D-2015
Sumario: BILLETES DE POLIPROPILENO CON ORIENTACION BIAXIAL: SE DISPONE SU EMISION EN REEMPLAZO DE BILLETES DE PAPEL.
Fecha: 02/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


EMISIÓN DE BILLETES DE POLIPROPILENO CON ORIENTACIÓN BIAXIAL, EN REEMPLAZO DE BILLETES DE PAPEL
Artículo 1.- Dispónese la emisión de billetes de polipropileno con orientación biaxial, en reemplazo de los tradicionales billetes de papel moneda que se encuentran actualmente en circulación.
Artículo 2.- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Banco Central de la República Argentina, el cual deberá:
Establecer las denominaciones y características que tendrán los nuevos billetes;
Disponer la desmonetización de los tradicionales billetes de papel moneda, que se encuentran actualmente en circulación, y fijar los plazos en que se producirá su canje.
La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El desarrollo de billetes de polipropileno con orientación biaxial (PPOB) es una tendencia que registró un gran éxito en diversos países del mundo, sustentada principalmente sobre la base de tres aspectos: 1) la seguridad y protección que brinda contra posibles falsificaciones; 2) el menor gasto en emisión - derivado de la mayor durabilidad de los mismos -; y 3) la garantía de un proceso y un producto amigables con el medio ambiente. En la actualidad, Australia, Bangladesh, Brasil, Brunei, Costa Rica, Chile, Indonesia, Malasia, México, Nepal, Nicaragua, Nueva Zelanda, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Rumania, Singapur, Sri Lanka, Tailandia, Vietnam, Samoa Oriental y Zambia han adoptado este sistema de papel moneda, reportando excelentes resultados.
Australia fue el primer Estado en el mundo en implementar la fabricación de billetes de sustrato de polímero, precisamente en el año 1992, reportando benéficos resultados en las materias anteriormente mencionadas.
En relación a seguridad, con el nuevo sistema se detectaron allí sólo seis falsificaciones por año por cada millón de billetes en circulación, lo cual constituye un índice muy bajo en comparación con los niveles de falsificaciones experimentados en otros países.
Por otra parte, con el desarrollo de billetes de PPOB aumentó la eficiencia en la emisión del circulante, producto de la mayor durabilidad de éste en comparación a los tradicionales billetes papel, fabricados a base de fibra de algodón. Se ha estudiado y concluido que los de polipropileno duran hasta cuatro veces más que estos últimos, lo cual se tradujo en una disminución de más de la mitad en el promedio anual de emisión de papel moneda, una vez implementado el nuevo sistema.
La mayor durabilidad y seguridad de los billetes significó que el Banco Central no necesitara examinar la condición y autenticidad de los billetes de polímero tan frecuentemente como lo debía hacer con los billetes de papel. Esto llevó a su vez a una reducción en el nivel del procesamiento de billetes llevado a cabo por el Banco, con ahorros proporcionales al respecto.
La puesta en práctica en muchos países de esta iniciativa, también se reveló profundamente positiva en materia de cuidado del medio ambiente. A la eficiencia productiva derivada de una disminución en la regularidad de la impresión de billetes, se suma el hecho de que los mismos sean totalmente reciclables, pasibles de ser transformados en otros productos plásticos mediante procesos especiales.
Es menester apuntar a este respecto que los tradicionales billetes de papel están hechos a base de algodón, y que el cultivo de esta fibra requiere en gran medida de la utilización de recursos tales como fertilizantes, pesticidas, herbicidas y otros químicos, que provocan distintos niveles de polución, y de agua, recurso natural escaso de suma importancia para todo tipo de vida.
Se puede entonces concluir en que, de adoptar para sí este innovador sistema monetario, nuestro país podría verse beneficiado en gran medida, en virtud de sus aristas positivas, y aún pese al costo inicial que tendría asociado.
Y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 14) de la Ley 24.144, en lo relativo a que el Banco Central de la República Argentina tiene la potestad de establecer las denominaciones y características que tendrán los nuevos billetes, así como de disponer la desmonetización de los billetes y monedas en circulación y fijar los plazos en que se producirá su canje, sería dable que dicho organismo asumiera el rol de autoridad de aplicación de esta normativa.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto, que es tributario del expediente 7658-D-2013 de la diputada nacional (m.c.) Olga Elizabeth Guzmán.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FINANZAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA