PROYECTO DE TP
Expediente 0028-D-2013
Sumario: DESCUENTOS PARA DEPORTISTAS DE REPRESENTACION NACIONAL EN PASAJES DE TRANSPORTE AUTOMOTOR INTERURBANO: IMPLEMENTACION.
Fecha: 04/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
El Senado y Cámara de Diputados...
DESCUENTOS PARA DEPORTISTAS
DE REPRESENTACIÓN NACIONAL EN PASAJES DE TRANSPORTE AUTOMOTOR
INTERURBANO
ARTÍCULO 1.- A
efectos de esta ley, se entiende por deportista de representación
nacional a todo atleta que participa de una actividad deportiva
organizada, correspondiente al campo del deporte federado y de
seleccionados nacionales -masculinos y femeninos- de deportes
individuales y de conjunto, en competiciones nacionales,
sudamericanas, panamericanas, mundiales, olímpicas y
paralímpicas.
ARTÍCULO 2.- Los
deportistas de representación nacional podrán acceder a un
descuento del 20% en las tarifas correspondientes a las líneas de
servicios interurbanos de transporte de pasajeros por automotor de
jurisdicción nacional, cuando viajaran para competir en competencias
dentro del ámbito nacional, o en países limítrofes, avaladas por la
federación deportiva que integren.
ARTÍCULO 3.- A
efectos de poder acceder al descuento, los deportistas de
representación nacional deberán presentar certificado donde conste
su participación en la competición - ya sea de forma individual o como
parte de una delegación - expedido por la federación deportiva que
integren, ante la compañía de transporte que hubieren seleccionado.
ARTÍCULO 4.- La
compañía de transporte de pasajeros por automotor de jurisdicción
nacional que negara el otorgamiento del descuento, habiendo recibido
de parte del deportista o delegación el certificado correctamente
expedido por la federación, será sancionada con multa equivalente al
valor del pasaje, o los pasajes, solicitados.
ARTÍCULO 5.- La
autoridad de aplicación de la presente ley será la Comisión Nacional
de Regulación del Transporte, la cual tendrá a su cargo la fiscalización
de la aplicación adecuada de la ley, la receptación de denuncias ante
omisiones a su cumplimiento, y el cobro de multas a las compañías de
transporte que infringieren la ley.
ARTÍCULO 6.- Los
fondos recaudados en concepto de multas serán destinados a
fomentar el deporte federado y de representación nacional.
ARTÍCULO 7.- La
presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8.-
Invítese a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
adherirse a la presente ley.
ARTÍCULO 9.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La actividad física y el deporte
resultan trascendentales para la vida social de cualquier comunidad, así como
para cada individuo que emprenda su práctica.
De acuerdo a lo expresado en el
"Plan Nacional de Deporte 2008-2012", elaborado por la Secretaría de Deporte
de la Nación, "cuando la actividad física y el deporte se realizan adecuadamente
desde la perspectiva de la educación permanente, se contribuye [entre otras
cuestiones] con:
El pleno y equilibrado desarrollo de
la potencialidad humana.
El logro y preservación de la salud.
La disminución de los factores de
riesgo.
La construcción de un sistema
inmunológico evolutivo más fuerte y resistente.
La formación permanente de
competencias para enfrentar la diversidad de situaciones de la vida.
La recreación y la adecuada
utilización del tiempo libre.
El control del peso y la disminución
del peligro de la obesidad y las amenazas que ésta genera en la salud de las
personas.
Reducir el riesgo de muerte
prematura por enfermedad cardíaca, accidente cerebro vascular, hipertensión,
cáncer de colon y diabetes de tipo II.
Desarrollar y mantener huesos,
músculos y articulaciones sanos y mejorar la resistencia de las personas que
sufren enfermedades crónicas o discapacidades.
Prevenir o controlar,
especialmente entre los niños y los jóvenes, los comportamientos de riesgo
como el consumo de tabaco, alcohol u otras sustancias y los regímenes
alimenticios poco saludables.
La salud mental y social.
El desarrollo y equilibrio socio-
afectivo.
La formación de redes sociales y
trabajo en equipo.
Mejorar la capacidad de
integración social y de incorporación a tareas propias de la adolescencia.
Mejorar la imagen personal y la
autoestima.
Prevenir y reducir la delincuencia y
la formación de grupos agresivos.
Fortalecer el autodominio, las
relaciones interpersonales y el sentido de la responsabilidad.
La reducción y protección de la
depresión y la ansiedad."
Son claros los beneficios que toda
actividad física y deportiva reportan a cualquier sociedad, pero aún así es un
hecho que asistimos a una época en la que su práctica se encuentra en franca
disminución, producto en parte de la gran explosión de adelantos tecnológicos,
que "han producido un verdadero cambio en el estilo de vida de toda la
población, particularmente por haberse reemplazado la energía corporal por
energía mecánica." (1) "Nos encontramos entonces frente "a una sociedad cada
vez más sedentaria, súper tecnificada y estresante, con serios problemas
ambientales y ecológicos que amenazan seriamente el bienestar general y la
salud de toda la población." (2)
Es por ello que se vuelve
imperioso desarrollar políticas que tiendan hacia la inclusión plena en las
actividades deportivas, tanto a nivel social como federativo, de modo de lograr
una participación creciente en ellas, especialmente en lo relativo a los niños y
jóvenes.
En esa línea es que propongo un
esquema de descuentos en pasajes correspondientes a las líneas de servicios
interurbanos de transporte de pasajeros por automotor de jurisdicción nacional,
cuyos beneficiarios sean deportistas federados que participen en competencias
nacionales o que se diputen en países limítrofes.
Usualmente la cuestión del
transporte para deportistas individuales, o delegaciones deportivas federadas,
representa un problema para nada menor, por cuanto deben efectuar grandes
gastos - que no siempre se encuentran en condiciones de realizar -, al
momento de trasladarse a competir en otras provincias, y más aún en países
limítrofes.
De más está señalar que los logros
obtenidos por ellos, que con tanto esfuerzo y dedicación se vuelcan a
actividades sanas y formativas, representan un logro para el país todo, en tanto
constituyen sólidas expresiones de una cultura altiva, así como de una calidad
de vida superior, y un desarrollado capital humano.
Vale mencionar que la presente
iniciativa registra importantes antecedentes en lo normado por las resoluciones
M.O.y.S.P 103/72, y 203/89, las cuales dispusieron descuentos de un 20%
sobre el valor de las tarifas de servicios de larga distancia, para estudiantes
secundarios, universitarios y personal docente.
Dichas resoluciones basaron su
enfoque en fundamentos similares a los de la presente, en tanto entendían que
la educación en todas sus formas debe ser incentivada desde el Estado, a
través de múltiples estrategias, en orden a lograr mayores niveles de desarrollo
poblacional.
Comprendiendo que el deporte es
una forma de educar en el juego a través de los valores del respeto, la sana
competencia y el trabajo cooperativo, y teniendo en cuenta que la Secretaría de
Deporte de la Nación considera la alta competencia como un aporte educativo a
los atletas y un estímulo de superación para el resto de la población,
entendiendo los logros deportivos como una instancia que promueve al deporte
y la actividad física, garantes de una mejor calidad de vida, es que este
proyecto puede resultar un significativo aporte al desarrollo del deporte
federado y de representación nacional.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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