PROYECTO DE TP
Expediente 0278-D-2015
Sumario: DESIGNAR UNIVERSIDAD NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ISLAS MALVINAS, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 03/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1°: Desígnase
Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Islas Malvinas, Antártida e Islas
del Atlántico Sur a la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur creada por Ley N° 26.559.
ARTÍCULO 2°: Encomiéndese al
Rector Organizador de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Islas
Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur que adecúe el Proyecto
Institucional de la Universidad conforme a lo establecido en el artículo 1° de
la presente ley.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto reproduce
el Expediente N° 8464-D-2012 de mi autoría que fuera sancionado por la
Honorable Cámara de Diputados en el mes de julio del año 2013. Al no haber
sido tratado por el Honorable Senado de la Nación, caducó por imperio de la
Ley N° 13.640, al haber sido presentada dicha iniciativa en el año 2012.
A continuación se reproducen
los fundamentos del mencionado proyecto de ley:
"La iniciativa que proponemos a
nuestros pares tiene por finalidad adecuar la denominación de la Universidad
Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, creada por
ley N° 26.559, a la siguiente: "Universidad Nacional de Tierra del Fuego,
Islas Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur".
La creación de dicha universidad
se enmarcó en un programa de inclusión en el acceso a las Universidades
Nacionales a través de la territorialización de la educación superior, según el
cual todas las provincias que componen la República Argentina cuentan con,
al menos, una universidad nacional en su territorio; en el marco de esa
política, desde el año 2003 hasta la fecha, se crearon DIEZ (10)
Universidades Nacionales nuevas en todo la República Argentina.
Así, de los fundamentos de la
ley de creación surge que: "El concepto de una Universidad Nacional en cada
provincia argentina garantiza la organización territorial de estudios
universitarios en toda la Nación y constituye una garantía de respuesta a los
intereses sociales, regionales y de integración institucional en redes
académicas", por su parte, el artículo 5º determina explícitamente que "su
proyecto institucional deberá responder a las necesidades sociales,
económicas, culturales y de desarrollo integral de la provincia, debiendo
contemplar un plan de crecimiento viable para establecer sedes efectivas,
con oferta académica sustantiva, equilibrada en los principales centros
urbanos del territorio provincial, debiendo desde su propia designación
contemplar a la totalidad del territorio".
En ese marco, tanto desde su
ubicación geográfica, como desde su denominación, la Universidad Nacional
de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur se encuentra
indisolublemente unida al más trascendente de los reclamos de nuestra
Nación como es la plena soberanía sobre las Islas Malvinas.
En función de ello, corresponde
destacar el constante y permanente reclamo por parte del conjunto del
pueblo argentino de la plena soberanía sobre las Islas Malvinas en todos los
ámbitos, tanto en foros regionales, continentales e internacionales
multilaterales como en el accionar cotidiano que fundamenta al quehacer
nacional, pues, como dijo nuestra Señora Presidenta, la causa Malvinas
excede, incluso, la cuestión nacional o de soberanía de la Argentina para
constituirse en una afrenta al mundo que todos soñamos por el que muchos
luchamos y por el que tantos murieron en las guerras de liberación.
Por tanto, cabe enfatizar que el
pueblo argentino no concede validez alguna a la militarización del Atlántico
Sur, pero sí reconoce las armas inapelables de la razón, del pensamiento y
de la emancipación universalista de la educación. Ante esta realidad y por la
propia validez social, política, histórica y geográfica de sus argumentos es
que se puede mostrar al conjunto de los pueblos del mundo el concepto de
soberanía educativa.
Por todo lo expuesto,
solicitamos a nuestros pares, nos acompañen en la sanción del presente
proyecto de ley."
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LARROQUE, ANDRES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
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EDUCACION Y CULTURA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
28/04/2015 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2001/2015 | 12/05/2015 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PEREZ MARTIN (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | 15/07/2015 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 15/07/2015 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - |