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PROYECTO DE TP


Expediente 0278-D-2015
Sumario: DESIGNAR UNIVERSIDAD NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ISLAS MALVINAS, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 03/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°: Desígnase Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Islas Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur a la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur creada por Ley N° 26.559.
ARTÍCULO 2°: Encomiéndese al Rector Organizador de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Islas Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur que adecúe el Proyecto Institucional de la Universidad conforme a lo establecido en el artículo 1° de la presente ley.
ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto reproduce el Expediente N° 8464-D-2012 de mi autoría que fuera sancionado por la Honorable Cámara de Diputados en el mes de julio del año 2013. Al no haber sido tratado por el Honorable Senado de la Nación, caducó por imperio de la Ley N° 13.640, al haber sido presentada dicha iniciativa en el año 2012.
A continuación se reproducen los fundamentos del mencionado proyecto de ley:
"La iniciativa que proponemos a nuestros pares tiene por finalidad adecuar la denominación de la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, creada por ley N° 26.559, a la siguiente: "Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Islas Malvinas, Antártida e Islas del Atlántico Sur".
La creación de dicha universidad se enmarcó en un programa de inclusión en el acceso a las Universidades Nacionales a través de la territorialización de la educación superior, según el cual todas las provincias que componen la República Argentina cuentan con, al menos, una universidad nacional en su territorio; en el marco de esa política, desde el año 2003 hasta la fecha, se crearon DIEZ (10) Universidades Nacionales nuevas en todo la República Argentina.
Así, de los fundamentos de la ley de creación surge que: "El concepto de una Universidad Nacional en cada provincia argentina garantiza la organización territorial de estudios universitarios en toda la Nación y constituye una garantía de respuesta a los intereses sociales, regionales y de integración institucional en redes académicas", por su parte, el artículo 5º determina explícitamente que "su proyecto institucional deberá responder a las necesidades sociales, económicas, culturales y de desarrollo integral de la provincia, debiendo contemplar un plan de crecimiento viable para establecer sedes efectivas, con oferta académica sustantiva, equilibrada en los principales centros urbanos del territorio provincial, debiendo desde su propia designación contemplar a la totalidad del territorio".
En ese marco, tanto desde su ubicación geográfica, como desde su denominación, la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur se encuentra indisolublemente unida al más trascendente de los reclamos de nuestra Nación como es la plena soberanía sobre las Islas Malvinas.
En función de ello, corresponde destacar el constante y permanente reclamo por parte del conjunto del pueblo argentino de la plena soberanía sobre las Islas Malvinas en todos los ámbitos, tanto en foros regionales, continentales e internacionales multilaterales como en el accionar cotidiano que fundamenta al quehacer nacional, pues, como dijo nuestra Señora Presidenta, la causa Malvinas excede, incluso, la cuestión nacional o de soberanía de la Argentina para constituirse en una afrenta al mundo que todos soñamos por el que muchos luchamos y por el que tantos murieron en las guerras de liberación.
Por tanto, cabe enfatizar que el pueblo argentino no concede validez alguna a la militarización del Atlántico Sur, pero sí reconoce las armas inapelables de la razón, del pensamiento y de la emancipación universalista de la educación. Ante esta realidad y por la propia validez social, política, histórica y geográfica de sus argumentos es que se puede mostrar al conjunto de los pueblos del mundo el concepto de soberanía educativa.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares, nos acompañen en la sanción del presente proyecto de ley."
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEREZ, MARTIN ALEJANDRO TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
28/04/2015 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2001/2015 12/05/2015
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO PEREZ MARTIN (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CITACION SESION ESPECIAL 15/07/2015
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 15/07/2015 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -