PROYECTO DE TP
Expediente 0019-D-2011
Sumario: BEBIDAS ENERGIZANTES: INCLUSION EN LAS DISPOSICIONES DE ESPECIALIDADES MEDICINALES O PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE LA ANMAT; EXIGENCIA DE VENTA BAJO RECETA MEDICA.
Fecha: 01/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
El Senado y Cámara de Diputados...
Inclusión de las "bebidas energizantes"
en las Disposiciones de Especialidades Medicinales o Productos Farmacéuticos del
ANMAT. Exigencia de Venta Bajo Receta. Prohibición de Publicidad de Oferta.
Art. 1: Incluyese en las disposiciones de
especialidades medicinales ó productos farmacéuticos del ANMAT, las bebidas
energizantes que contengan en su fórmula:
Taurina, cafeína, glucoronolactona,
sustancias nitrogenadas (carnitina y aminoácidos), ácido fósfórico, inositol, vitaminas y
minerales entre otros; por ser aptas para provocar las graves complicaciones en la
salud.
Art. 2: Deberá figurar en los envases de
estas bebidas, al igual que en los lugares de expendio, la siguiente leyenda con
caracteres legibles: "Su consumo puede ser perjudicial para la salud. Consulte a su
médico".
Art. 3: Establécese la "venta bajo receta
médica" de los productos farmacéuticos mencionados en el Art. 1.
Art.4: Prohíbase en todo el territorio de la
Nación, la publicidad y oferta de las "bebidas energizantes" mencionadas en el art.1.
Sólo podrán expenderse en farmacias.
Art. 5: Será clausurado en forma definitiva
el comercio que violare lo preceptuado en el Art.4.
Art. 6: El incumplimiento de las
disposiciones de la presente Ley será pasible de multas de hasta $50.000.-
Artículo 7: Invitase al Poder Ejecutivo de
la Nación y a los Gobiernos provinciales y municipales a:
a) Realizar campañas de
concientización y prevención, sobre los peligros y graves consecuencias para la salud de
la ingesta de estas bebidas, como también de sus efectos adictivos.
b) Implementar la difusión de los
contenidos de la presente Ley, dando prioridad a los ámbitos educativos, deportivos y
laborales de todo nivel.-
Artículo 8: De forma.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La presente iniciativa tiene por
antecedente un proyecto idéntico presentado por el Diputado mandato cumplido por
Neuquén, Hugo Acuña (Expte. N° 350-D-09).
Este proyecto se fundamenta en la
preocupación que nos produce los perjuicios para la salud que produce el consumo de
las bebidas refrigerantes, por las sustancias que contiene.
Es necesario que este tipo de productos
sea prescripto médicamente, a fin de evitar males mayores, en la salud de la población,
y aún más en los jóvenes.
La venta sin regulación de estas bebidas es
un problema de Salud Pública; teniendo en cuenta que mezcladas con alcohol, como los
jóvenes suelen consumirlas en exceso, produce un menor funcionamiento del corazón,
llegando a provocar la muerte.
Lo que preocupa particularmente es la
mezcla de bebidas energizantes y alcohol, la moda del momento. En las discotecas pedir
unos tragos significa agregarles a las bebidas energizantes igual cantidad de vodka,
champagne, licor, cointreau, ó pisco, respectivamente.
Desde la secretaria de Programación para
la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar), que
depende de la Presidencia de la Nación, su titular, el doctor José Ramón Granero dijo a
LA NACIÓN: "Mezclar bebidas energizantes con alcohol es lo mismo que conducir un
auto a 120 km/h con el freno de mano puesto. Una bebida te deprime mientras otra te
excita".
A los hospitales llegan cada vez más
jóvenes con infartos, taquicardias, hipertensión arterial, arritmias y alteraciones
cardíacas propias de personas mayores, provocados por un factor nuevo: el abuso en el
consumo de bebidas energizantes mezcladas con alcohol. El alerta lo dio en el 2005 el
Hospital Italiano, donde se practicó en esa oportunidad, una angioplastia de urgencia
para salvarle la vida a un joven de 25 años que había ingerido esas bebidas combinadas.
La preocupación por esa tendencia entre
los jóvenes había quedado en evidencia en 2004, cuando legisladores nacionales
presentaron proyectos tendientes a prohibir la venta de bebidas energizantes a menores
de edad. Y alcanzó un punto clave el 29 del mes pasado, cuando se publicó en el Boletín
Oficial la disposición 3634/2005 de la Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), por la que se obliga a las empresas
productoras a reducir la cantidad de cafeína en ese producto: de 35 a 20 miligramos por
cada 100 mililitros. Exige, además, que en las latas se inscriba en letras de un tamaño
superior a 5 por ciento de la altura del envase la siguiente leyenda: "El consumo con
alcohol es nocivo para la salud".
En aquellos momentos hubo declaraciones
de distintos profesionales debido a la preocupación que seto provoca.
Daniel Berrocal, subjefe del Servicio de
Hemodinamia del Hospital Italiano, dijo a LA NACION en su momento (2005), que se
están registrando problemas cardíacos por el consumo de alcohol con bebidas
energizantes desde hace tres o cuatro años. En lo que va de 2005 ya recibieron a tres
personas, de entre 25 y 40 años, que llegaron con infartos agudos, sin tener una
enfermedad coronaria previa. "El infarto es mucho peor en una persona joven, en la que
las coronarias se tapan de manera abrupta", dijo el especialista y alertó que esos
pacientes hasta pueden padecer una insuficiencia cardíaca de por vida.
"Lo que ocurre es que toman con alcohol
tres o cuatro latas de estas bebidas en una noche y, semejante carga de cafeína -
equivalente hasta 20 tazas de café exprés-, inositol y los otros productos -equivalente
hasta 20 tazas de café exprés- aumenta la frecuencia cardíaca, somete a un mayor roce
la cobertura interna de las arterias y produce una irritación que puede generar un
coágulo que tape la arteria y produzca el infarto", explicó.
A estos casos hay que sumarles los de los
chicos que tienen patologías cardíacas y no lo saben, para los que el exceso en el
consumo de estas bebidas es mucho más peligroso, advierte Mónica Nápoli, directora
del Centro de Adicciones Enrique Biedak. "Se ven problemas cardiológicos que no se
condicen con la edad. Atendemos intoxicaciones graves por alcohol y por cafeína",
sostuvo.
Al igual que la mayoría de los
especialistas, Nápoli, médica toxicóloga, consideró que, aunque se las llame
"energizantes", no lo son. "Son desfatigantes o estimulantes. Estas bebidas quitan la
sensación de fatiga. No es que el que las toma no se cansa, sino que no siente el
cansancio. De esta forma, esta enorme cantidad de cafeína les permite tomar en cantidad
hasta llegar a la ebriedad, o incluso el coma alcohólico, porque retrasa los efectos del
alcohol".
Por ej: "LA BEBIDA RED BULL
PROHIBIDA EN FRANCIA Y DINAMARCA: TIENE UN EFECTO
DEVASTADOR" Así explicaba el Insurgente - INFORME DEL PHD KHALET
GEBARA MD in USA California (UCLA University FD \, agregando que Francia y
Dinamarca acaban de prohibir esta bebida por ser un cóctel peligroso, debido a sus
componentes de vitaminas mezcladas como glucuronolactone, químico altamente
peligroso, el cual fue desarrollado por el Departamento de Defensa de los Estados
Unidos durante los años 60 para estimular la moral de las tropas invasoras en Vietnam,
el cual actuaba como una droga alucinógena que calmaba el estrés de la guerra. Pero sus
efectos en el organismo fueron tan devastadores, que fue discontinuado, ante el alto
índice de casos de migrañas, tumores cerebrales y enfermedades del hígado, que
mostraron los soldados que la consumieron. Y a pesar de ello, en la lata de Red Bull aún
se lee entre sus componentes: Glucuronolactone catalogado médicamente como un
estimulante.
El RED BULL fue creado para estimular
el cerebro en personas sometidas a un gran esfuerzo físico y en 'coma de estrés' y nunca
para ser consumido como una bebida inocente o refrescante. RED BULL ES LA
BEBIDA ENERGIZANTE que se comercializa a nivel mundial con su eslogan:
Aumenta la resistencia física, agiliza la capacidad de concentración y la velocidad de
reacción, brinda más energía y mejora el estado de ánimo. Todo eso se puede encontrar
en una latita de RED BULL, ¡la bebida energética del milenio...!
Red Bull ha logrado llegar a casi 100
países de todo el mundo.
La marca del TORO ROJO, tiene como
público a jóvenes y deportistas, dos segmentos atractivos que han sido cautivados por el
estímulo que causa la bebida. PERO LA VERDAD DE ESTA BEBIDA ES OTRA.
Lo que no dice la lata de RED BULL, son
las consecuencias de su consumo, que obligan a colocar una serie de
ADVERTENCIAS:
1).- Es peligroso tomarlo si después no
haces ejercicio físico, ya que su función energizante acelera el ritmo cardiaco y te puede
ocasionar un infarto fulminante
2).- Corres el peligro de sufrir una
hemorragia cerebral, debido a que el RED BULL contiene componentes que diluyen la
sangre para que al corazón le cueste mucho menos bombear la sangre, y así poder hacer
un esfuerzo físico con menos agotamiento.
3).- Está prohibido mezclar el RED BULL
con alcohol, porque la mezcla convierte la bebida en una 'Bomba Mortal' que ataca
directamente al hígado, provocando que la zona afectada no se regenere.
4).- Uno de los componentes principales
del RED BULL es la vitamina B12, utilizada en medicina para recuperar a pacientes
que se encuentran en un coma etílico; de aquí la hipertensión y el estado de excitación
en el que te encuentras después de tomarlo, como si estuvieras en estado de
embriaguez.
5).- El consumo regular del RED BULL
desencadena en la aparición de una serie de enfermedades nerviosas y neuronales
irreversibles.
CONCLUSION: Es una bebida que
debería restringirse en su uso y en su comercialización; y además debe informarse a la
población sobre los efectos perjudiciales para la salud.
Cabe aclarar que estos productos en sus
envases deberán contener la descripción de todos sus componentes.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente es que
solicito a mis colegas que me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
GUZMAN, OLGA ELIZABETH | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0283-D-13 |