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PROYECTO DE TP


Expediente 6474-D-2006
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO. - LEY 20744, T.O 1976, Y MODIFICATORIAS - MODIFICACION DEL ARTICULO 71, SOBRE CONOCIMIENTO DEL TRABAJADOR DE LOS CONTROLES RELATIVOS A SU ACTIVIDAD.
Fecha: 01/11/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 164
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º- Modifícase el artículo 71 de la ley 20.744 (t.o. 1976) -Ley de Contrato de Trabajo- y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 71. – Conocimiento –Los controles referidos en el artículo anterior, así como los relativos a la actividad del trabajador, deberán ser conocidos por éstos”
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Tal como lo establecía la redacción originaria del artículo 71, la reforma busca poner en conocimiento del trabajador los sistemas de controles personales, previo a su implementación por el empleador. Con ello se evita que este tipo de mecanismos de control sean cumplidos en forma sorpresiva o subrepticia. El conocimiento de los mismos, debe ser por parte de la totalidad del personal. Si el empledor no se condujera de esa forma, se debe considerar a dicho proceder como una injuria grave en los términos del art. 242 de la Ley de Contrato de Trabajo.
La adopción de los sistemas de control deben resguardar en forma íntegra la dignidad de los trabajadores como seres humanos, guardando de no violar la misma, evitando que los controles sean adoptados para humillar y denigrar a quien se tiene señalado.
La mejor garantía a fin de evitar los habituales abusos en que incurren algunos empleadores al prácticar los controles sobre el personal, es que los dependientes tengan un efectivo conocimiento de los mismos, para la salvaguarda de la dignidad e integridad del trabajador.
Es por ello que propiciamos nuevamente una reforma de este artículo a fin de que se limite y controle con mayor énfasis la adopción de estos métodos sobre la persona del trabajador, partiendo de la base de que la adopción de diferentes medios y mecanismos a fin de proteger los bienes de la empresa nunca puede vulnerar derechos fundamentales de todo ser humano.
Por los motivos expuestos, y con el fin de proteger y resguardar la dignidad humana, se solicita la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
Giro a comisiones en Senado
Comisión
TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
23/11/2006 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1747/2006 13/12/2006
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 11/04/2007 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -