Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0011-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SALUD DE MUJERES Y NIÑAS INTEGRANTES DE COMUNIDADES INDIGENAS.
Fecha: 04/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo a fin de que, a través de los organismos que correspondan, se sirva informar sobre las siguientes cuestiones referidas a la salud de mujeres y niñas integrantes de comunidades indígenas en nuestro país:
1. Si existen en nuestro país estudios específicos y relevamientos actuales sobre el estado de salud general de las niñas y mujeres indígenas. En particular, referidos a desnutrición, enfermedades de transmisión sexual y mortalidad materno infantil. En caso afirmativo, se remita copia de dichos documentos.
2. Según los artículos 18 y 21 de la ley 23302, el Estado Nacional junto con los estados provinciales deben promover planes intensivos de salud para las comunidades indígenas. ¿Cuáles son esos planes? ¿Cuál es el nivel de implementación de los mismos? Especifique los distintos aspectos de esos planes orientados a la prevención y recuperación de la salud física y psíquica de las mujeres y niñas indígenas.
3. ¿Cuál es el nivel de acceso de las mujeres y niñas indígenas a los centros de salud? ¿Prestan estos establecimientos servicios de calidad y son culturalmente adecuados/sensibles para atender sus necesidades?
4. ¿Cuál es el grado de cumplimiento entre niñas indígenas del calendario nacional de vacunación?
5. ¿Cuáles son las acciones concretas destinadas al cuidado del embarazo y parto? ¿Cuál es el alcance de los programas de atención de la madre y el niño?
6. ¿Se aplica la ley 26279 sobre Detección Y Tratamiento de Determinadas Patologías en el recién nacido (Pesquisa neonatal) en comunidades indígenas?
7. ¿Cuál es el grado de cumplimiento del Programa Médico Obligatorio con relación al Programa de Prevención del Cáncer de Cuello Uterino y el Programa de Prevención del Cáncer de Mama con relación a mujeres indígenas?
8. ¿Qué medidas interrelacionadas se llevan a cabo entre las áreas de salud, promoción social y educación de mujeres y niñas indígenas? Informe cómo se las implementa, cuál es su alcance y qué resultados se han obtenido.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Reproducimos este pedido de informes porque los interrogantes que en él se formulan se mantienen vigentes y sin respuesta.
La falta de tratamiento del tema por parte de esta Cámara y por ende la imposibilidad de acceder a información oficial sobre el mismo nos genera serias dudas, menos confianza, acerca de que el Estado esté cumpliendo con su rol en materia tan importante como la salud de nuestra población.
Si ello no es así, si estamos equivocados y la falta de tratamiento del proyecto es una cuestión de agenda de este Parlamento, entonces, peticionamos, para que dicha situación se revierta y el informe se rinda.
El 9 de enero de este año, Juan Daniel Asijak, de 16 años y miembro de la comunidad Qom La Primavera, murió a causa de una feroz golpiza en el Hospital Central de Formosa y sus padres responsabilizaron por ello al gobierno Nacional y al de Formsoa.
El 5 de enero, Imber Flores, de 12 años, otro miembro de la comunidad Qom, fue asesinado a golpes en la localidad chaqueña Villa Río Bermejito, en la zona de El Impenetrable.
En el 2011 la agresión policial sufrida por los miembros de esa misma comunidad, la muerte de ocho niños en la provincia de Salta por causa de desnutrición infantil, los conflictos sobre propiedad de la tierra y los casos de falta de aplicación de la ley 26120 sobre suspensión de la ejecución de desalojos o desocupación de tierras, fueron todas noticias que expresaron una clara desatención por parte del Estado Nacional y los Estados provinciales de las cuestiones indígenas.
Sobre muchos de estos acontecimientos nuestros pares han presentado distintos proyectos de pedidos de informes, los que tampoco han sido tratados.
Nuestro proyecto versa sobre un tema que atañe tanto a la discriminación de género como a la étnica. Nos referimos a la salud de las niñas y mujeres indígenas, cuya desatención es también una forma de violencia encubierta, silenciosa, porque lleva a enfermedades y muerte.
Según la Organización Panamericana de la Salud -, y las denuncias de distintas organizaciones de la sociedad civil, el panorama es alarmante: alta incidencia del cáncer de cuello de útero, alto porcentaje de enfermedades de transmisión venérea, embarazos adolescentes y mortalidad materno infantil. Todo ello resultado de falta de atención o atención tardía.
Según el Ministerio de Salud de la Nación en Argentina cada año se diagnostican alrededor de 3 mil casos nuevos de cáncer de cuello de útero y mueren 1.800 mujeres. En los últimos 30 años no ha habido descensos significativos de la mortalidad por esta causa.
Salta es la segunda provincia del país que registra más muertes por este tipo de cáncer: según cifras oficiales, 80 mujeres mueren cada año por esta causa y como muchas de ellas son madres, dejan huérfanos a alrededor de 240 niños.
En el chaco salteño no hay estadísticas precisas, pero cada vez se conocen más casos de mujeres indígenas que mueren por un cáncer uterino terminal.
Inmediatamente, sin embargo, uno advierte que nuestro país posee una importante legislación protectora. Así, la Ley Nº 23.302 sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes declara en su artículo 1° de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país (art. 1°)
Y en su art. 18 determina que la autoridad de aplicación coordinará con los gobiernos de provincia la realización de planes intensivos de salud para las comunidades indígenas, para la prevención y recuperación de la salud física y psíquica de sus miembros, creando unidades sanitarias móviles para la atención de las comunidades dispersas.
Entre los planes de salud, el artículo 21 de esa ley prevé: a) atención bucodental; b) realización de exámenes de laboratorio que complementen los exámenes clínicos; c) realización de exámenes cardiovasculares, a fin de prevenir la mortalidad prematura; d) cuidado especial del embarazo y parto y la atención de la madre y el niño; e) creación de centros de educación alimentaria y demás medidas necesarias para asegurar a los indígenas una nutrición equilibrada y suficiente; f) respeto por las pautas establecidas en las directivas de la Organización Mundial de la Salud, respecto de la medicina tradicional indígena integrando a los programas nacionales de salud a las personas que a nivel empírico realizan acciones de salud en áreas indígenas; g) formación de promotores sanitarios aborígenes especializados en higiene preventiva y primeros auxilios.
Y como corolario, la misma norma determina que "Las medidas indicadas en este capítulo lo serán sin perjuicio de la aplicación de los planes sanitarios dictados por las autoridades nacionales, provinciales y municipales, con carácter general para todos los habitantes del país."
A este panorama se suma la importante normativa internacional que nuestro país ha suscripto y cuyo incumplimiento genera responsabilidades. Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas. (Convenio Nº 107 de la OIT - Relativo a la protección e integración de las poblaciones indígenas y de otras poblaciones tribales y semitribales en los países independientes; Convenio Nº 169 de la OIT - Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes; Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos indígenas de América Latina y el Caribe).
¿Cómo se entiende entonces que según la Cooperadora para la Nutrición Infantil (Conin) de los 2.100.000 de personas que no tienen garantizado el acceso a una alimentación diaria, uno de los grupos más vulnerables son las comunidades indígenas, sobre todo las que habitan en el noroeste del país, en la zona conocida como el Gran Chaco o Chaco Salteño, que abarca a las provincias de Salta, Formosa, Chaco, Santiago del Estero y Santa Fe.?
¿Cómo se entienden las denuncias sobre las dificultades que padecen los indígenas argentinos para obtener su DNI o para cobrar sus subsidios?
¿Cómo se cumple con la normativa que tan prolijamente exhibe el Estado Nacional en sus sitios web, por ejemplo el de INADI? ¿Cómo se atiende concretamente esta situación de total desamparo desde el Plan Nacional contra la Discriminación (decreto 1086/05)?
En Argentina existen 600.329 personas que se auto-reconocen como indígenas y pertenecientes a treinta pueblos indígenas según la Encuesta Complementaria de Pueblos Indígenas (ECPI) del INDEC. De ellos, casi un cuarto de los hogares (23.5%) se encuentran con las necesidades básicas insatisfechas. Las provincias que muestran los mayores niveles de NBI en los hogares indígenas son: Formosa (74.9%), Chaco (66.5%) y Salta (57.4%).
En el caso de las mujeres indígenas la inequidad de género se suma a la inequidad de etnia.
Como surge de lo expuesto, no solo pretendemos obtener respuestas completas y actualizadas a nuestras preguntas, sino también llamar la atención sobre la cuestión indígena en general y particularmente sobre la necesidad de asegurar que las mujeres y niñas indígenas tengan acceso universal a sistemas de salud.
Según el Foro Permanente Para las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas, organismo asesor del Consejo Económico y Social, todos los actores relevantes deben:
1. Elaborar estrategias innovadoras en materia de servicios de salud para las mujeres indígenas y difundir información sobre éstas.
2. Incorporar en estas estrategias conceptos y conocimientos indígenas sobre la salud, el bienestar, la curación, la enfermedad, la sexualidad y el alumbramiento.
3. Garantizar servicios de atención de la salud accesibles y proporcionar apoyo financiero.
4. Crear mecanismos de vigilancia que permitan a las comunidades indígenas
denunciar casos de malos tratos y abandono en el marco del sistema de salud a las autoridades nacionales.
5. Establecer un marco jurídico para hacer frente a los problemas de malos tratos y abandono de manera eficaz.
6. Mejorar los programas de lucha contra el VIH/SIDA:
a. proporcionando materiales educativos en idiomas indígenas.
b. prestando servicios de extensión y atención en el hogar a comunidades indígenas y utilizando trabajadores sanitarios indígenas especializados en VIH/SIDA.
c. utilizando trabajadores indígenas de la salud, inclusive para realizar pruebas voluntarias de diagnóstico del VIH/SIDA.
7. Asegurar que las poblaciones indígenas, especialmente las mujeres, tengan
acceso a toda la información relativa a su tratamiento médico.
8. Siempre asegurar el consentimiento informado y previo al tratamiento médico.
(http://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/brochure_women_es.pdf)
Sin más, solicitamos el pronto tratamiento de este proyecto y apelamos a la responsabilidad del gobierno nacional y de sus funcionarios para dar respuesta a las inquietudes planteadas. Esas respuestas seguramente dispararán otras preguntas y aconsejarán nuevas políticas públicas que este Congreso deberá proponer o en su caso acompañar y controlar.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION POR TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)