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PROYECTO DE TP


Expediente 5865-D-2008
Sumario: CONSTRUCCION DE UN MONUMENTO A LA MEMORIA DEL CRUCE DE LOS ANDES, EN HOMENAJE A LA EPOPEYA DEL GENERAL JOSE DE SAN MARTIN Y SUS HOMBRES, EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN.
Fecha: 16/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 144
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Dispónese la construcción de un monumento a la memoria del Cruce de los Andes, a emplazarse en la provincia de San Juan.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo convendrá con el gobierno de la provincia de San Juan la determinación del espacio público que ésta cederá para el emplazamiento del monumento mencionado en el artículo 1º.
Artículo 3º.-La Autoridad de Aplicación de la presente ley es la Secretaría de Cultura de la Nación, de pendiente del Poder Ejecutivo Nacional, la que llamará a concurso público a escultores argentinos para el proyecto de diseño y construcción del monumento mencionado en el artículo 1º.
Artículo 4º.- A los fines establecidos por la presente ley la autoridad de aplicación convocará a un jurado a los efectos de evaluar y seleccionar los proyectos a presentarse.
Articulo 5º.- La construcción del monumento que se establece por la presente ley, deberá concluir antes del día 25 de mayo del 2010, fecha de inauguración de la obra en conmemoración, en el marco de los festejos por el Bicentenario de la Revolución de Mayo.
Artículo 6º.- El monumento contará con una placa con la siguiente leyenda:" Este monumento recupera el proyecto original del Congreso de la Nación, que durante el Centenario de la Revolución e Independencia propuso homenajear el Paso de los Andes, símbolo del protagonismo de San Juan en la gesta libertadora".
Articulo 7º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán imputados al Presupuesto de la Administración Nacional, en el ejercicio siguiente al del año de entrada en vigencia de la presente ley y en los sucesivos, de acuerdo al avance físico de las obras pertinentes y hasta su conclusión.
Artículo 8º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de su publicación.
Artículo 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


José de San Martín logró articular la vocación de Libertad e Independencia en todo Cuyo. Desde su cargo de gobernador intendente y "Protector", según lo titularon los cabildos de las tres ciudades (San Luis, Mendoza y San Juan), inspiró esta gesta que ha quedado plasmada en Mendoza, con el Monumento al Ejército de los Andes; en San Luis, con uno similar ofrecido a los soldados puntanos que dieron su vida por esta decisión de ser libres; quedando pendiente el de San Juan, símbolo de la hazaña que convalido la hermandad argentina-chilena, primer eslabón del proyecto de unión y libertad que rezaba su bandera.
La gesta del Paso de los Andes involucró a toda la provincia sanjuanina: a sus rentas que fueron comprometidas por el Cabildo para solventar los gastos del cruce, a su población, que colaboró con los soldados; arrieros de todos los sectores sociales que se encolumnaron por el Paso de los Patos, dirigidos por San Martín. Otros lo hicieron por el Paso de Agua Negra, a las órdenes de Manuel Cabot. Con el apoyo de las familias se dio calidez al adiestramiento de las tropas; las damas sanjuaninas prepararon la Bandera de los Andes, que hasta hoy se conserva en el Museo Histórico Nacional.
José Clemente, padre de Domingo Faustino Sarmiento, formó parte de la columna que pasó por los Patos. Fue su hijo y el prócer quien dejó escrito en la prensa chilena una descripción de aquel hecho heroico que culminaría en Chacabuco, plasmando en la literatura los recuerdos transmitidos por su familia, y los testimonios de los protagonistas que allí participaron.
En agosto de 1908, en vísperas del Centenario del nacimiento de la Patria, el Poder Ejecutivo Nacional envío un proyecto a la Cámara de Diputados para celebrar la memorable fecha. Se propuso erigir un conjunto de monumentos históricos en diversos puntos del país en honor a los hechos que contribuyeron a asentar las bases de la identidad argentina. Entre ellos, figuraba uno en San Juan dedicado al que nos convoca: el Paso de los Andes, el cual finalmente, tras la modificación del texto en el Senado, no prosperó. Sucedió que tras el debate legislativo, se decidió privilegiar aquellos motivos que emulaban a héroes de la patria y postergar a los referidos a acciones impersonales, como gestas y batallas. Entre ellos, quedó relegada la epopeya libertadora que tuvo lugar en territorio sanjuanino.
En el texto original, luego modificado en la Cámara Alta, el punto 18º era "Levantar en San Juan un monumento al 'Paso de las Andes' ". Se trataba del expediente Nº 60, archivado como Nº 19.439, del año 1908 en la HCDN, en el que se diseñaban las acciones que se llevarían a cabo a lo largo de todo el país para conmemorar tan magno acontecimiento.
Destacamos un fragmento de su fundamentación, que firma el presidente José Figueroa Alcorta: "Cada Provincia, cada región del territorio, cada pedazo del suelo de la patria, fueron señalados por algún hecho culminante o regados con la sangre de soldados o conciudadanos, durante la epopeya de la independencia, y en victorias o derrotas, quedó siempre inmaculado y en alto el símbolo de nuestra soberanía; de ahí que el proyecto designe los sitios donde haya de alzarse la estatua o el monumento que los evoque".
La Cámara de Diputados consideró el proyecto y después del debate confirmó en su artículo 1º inciso 21º: "Levantar en la ciudad de San Juan un monumento al 'Paso de los Andes'". El artículo 9º destinaba de Rentas Generales, y a fin de cumplir con la ley, la suma de $ 6.500.000, con imputación a los presupuestos de 1908, 1909 y 1910.
El objetivo de construir monumentos, tras su tratamiento en el Senado, fue reemplazado por otro también noble: erigir una escuela, que llevaría el nombre de Escuela Monumental, escuela primaria superior para un mínimo de 450 alumnos y un máximo de 700, con gimnasio, biblioteca y sala de conferencias. La Nación se hacía cargo de la inversión. El criterio, sostenido por el senador Manuel Láinez, era de aplicación en la mayoría de las provincias donde antes se había acordado levantar monumentos; seguíase una política de continuar con la creación de escuelas Nacionales que había inspirado en 1905 la Ley que lleva el nombre del mencionado Senador. El inciso 12 del artículo 10º de la Ley 6.286 lo explicitó: "Construir en las ciudades de La Plata, Santa Fe, Santiago del Estero, Catamarca, San Juan, Paraná y Corrientes un edificio Monumental dedicado a escuela primaria superior (...). Estos edificios serán construidos en parques o manzanas (...) y se entregarán en propiedad a las respectivas provincias". Monumento y Escuela que sí forma parte de la Ley 6.286, que recibió sanción definitiva, y que ha quedado en un texto declarativo, que en palabras de Joaquín V. González es el "monumento legislativo" como "expresión del voto nacional".
En San Juan ya habían sido inauguradas las estatuas de Fray Justo Santa María de Oro y de Francisco Narciso de Laprida, esta última tardíamente en 1904, lo que había dado lugar a todo un acontecimiento en la provincia, en celebración del Centenario de la Revolución e Independencia, según nos lo relata la Prof. María Julia Gnecco con documentación del Museo Gnecco. Estas inauguraciones fueron también argumento para no insistir en la propuesta original del Presidente de la Nación.
El proyecto en cuestión, en el cual figuraba levantar en Rosario un monumento a la Bandera nacional, se modificó durante la 9na sesión de prórroga del 10 de diciembre de 1908 del Senado, tras pasar por la Comisión de Negocios Constitucionales de esa cámara. Fue el Senador Joaquín V. González quien consideró que las modificaciones al texto habían sido demasiadas y que debía efectivamente sancionarse algo, en razón de las demoras en el trámite parlamentario. Manifestó entonces que "en todas aquellas ciudades en donde el proyecto del Poder Ejecutivo indicaba una estatua dedicada a un concepto general, como la libertad o la independencia, sin localizar o personalizar un asunto, la Cámara de Diputados con muy buen acierto ha indicado la construcción de una escuela, considerando que es la mejor forma de honrar el gran acontecimiento; dar un paso más hacia la cultura popular que éste tiene por base y por objeto rememorar". De hecho, sostuvo que "la pobre ornamentación edilicia de esas ciudades, presentaría a estos monumentos como una improvisación caída del cielo, sin relación absolutamente ninguna con el medio ambiente, con el necesario marco en que una obra de arte debe encuadrarse".
A modo de fórmula retórica de consenso, el legislador consideró que "si en todos sus detalles no pueden ser realizadas" las propuestas del proyecto "quedará siempre como la ley conmemorativa del Centenario y como la condensación de los votos que el país entero ha expresado sobre la manera de honrar la gran fecha histórica. Mucho se podrá realizar; y, aunque no se pueda todo, quedará la ley y ella será el monumento legislativo, ya que se puede llamar así a la expresión de voto nacional".
Respecto al inciso que proponía levantar en San Juan un monumento, se consideró que bastaba con erigir uno en Mendoza, a pesar de que el cruce fue por aquella provincia. "La Cámara (...) ha creído más conveniente no duplicar la idea que ya también existe proyectada para Mendoza, para el Ejército de los Andes; otro monumento al Paso de los Andes, era pues una repetición innecesaria", agregó González.
La ambigüedad argumental del debate respecto de los Monumentos en la sesión del 10 de diciembre delata la urgencia de priorizar, en el contexto de la conmemoración, aquellas obras con mayor certeza de realización desde la demanda de tiempo y presupuesto. Señalamos que no se cuestiona la legitimidad de los motivos que impulsaron los homenajes explicitados en el proyecto original; cuestión que define para los sanjuaninos la afirmación de haber sido el escenario del paso de los Andes, como lo veníamos señalando, afirmación histórica que reivindicamos hoy como expresión de la voluntad de integración y solidaridad, que nos une a otros espacios de la comunidad política latinoamericana, y que se renueva hoy con la hermandad continental a la que estamos convocados en esta aurora del siglo XXI.
La investigación histórica ha fundamentado, con el conocimiento de las fuentes, esta gesta, de la que se ha hecho eco la Comisión de Cultura de esta Honorable Cámara al dictaminar favorablemente la declaración de su interés del libro "San Martín y el Cruce de los Andes", de los historiadores Edgardo Mendoza y Claudio Monachesi, recientemente publicado.
Esta expresión de deseos y reconocimiento a la provincia de San Juan no superó la instancia declarativa de 1908, por cuanto la documentación nos indica que ellas (monumento y escuela) no se ejecutaron, y constituyen una deuda respecto de quienes protagonizaron esta epopeya de la Revolución e Independencia, y de los sanjuaninos de hoy, que aspiran a concretar la obra que conmemore esta síntesis de pasado, presente y futuro, en la vocación por la libertad, integración y hermandad que nos caracteriza. Así lo han expresado por unanimidad en la ciudad de San Juan, las VIII Jornadas de Asociaciones Culturales Sanmartinianas de todo el país, realizadas del 8 al 12 de octubre pasado, al conmemorarse el 50 aniversario de esta institución a nivel local. El Instituto Nacional Sanmartiniano apoyó esta gestión, teniendo en cuenta que ella expresa la voluntad del Pueblo y Gobierno, respecto de esta gesta que involucró a varios departamentos sanjuaninos. Se mencionan como muy destacados el de Calingasta, centro operativo del Cruce, donde se realizaron varias reuniones entre San Martín, Las Heras y O'Higgins, en la pampa denominada El Leoncito, se proyectó el exodo de su población después de Rancagua y, finalmente, al amparo de su población, se realizó el Cruce.
Es por eso, para levantar en la provincia de San Juan el Monumento al Paso de los Andes, que solicito a los señores legisladores que acompañen este proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRA DE BARTOL, MARGARITA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA
COSCIA, JORGE EDMUNDO CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GENEM, AMANDA SUSANA MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GIOJA, JUAN CARLOS SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GODOY, RUPERTO EDUARDO SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
EDUCACION Y CULTURA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/11/2008 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones
16/12/2008 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
16/12/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1648/2008 CON MODIFICACIONES 12/02/2009
Senado Orden del Dia 0409/2009 08/09/2009
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 11/03/2009 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -
Senado CONSIDERACION Y SANCION 02/12/2009 SANCIONADO