PROYECTO DE TP
Expediente 0004-D-2012
Sumario: COMISION BICAMERAL PERMANENTE SOBRE MODERNIZACION DEL FUNCIONAMIENTO PARLAMENTARIO: CREACION.
Fecha: 01/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
PROYECTO DE
RESOLUCIÓN POR EL QUE SE CREA LA COMISIÓN BICAMERAL
PERMANENTE SOBRE MODERNIZACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO
PARLAMENTARIO
RESUELVE:
Artículo 1° -
Creación. Créase la Comisión Bicameral Permanente sobre Modernización del
Funcionamiento Parlamentario que tiene por objeto promover la modernización del
funcionamiento parlamentario del Congreso de la Nación en todo aquello que haga
a su mejor desempeño, optimice sus niveles de eficiencia y transparencia en el uso
de los recursos y fomente la participación e integración de la ciudadanía en el
marco de una mayor calidad institucional.
Art. 2 ° -
Objetivos específicos. Son objetivos específicos de la Comisión:
a) mejorar la capacidad
legislativa, proporcionando las herramientas necesarias para mejorar la calidad
técnica en la elaboración de la ley y fortalecer las atribuciones de control del
órgano;
b) mejorar la capacidad de los
servicios administrativos a fin de que proporcionen a las áreas de gestión
parlamentaria los recursos necesarios de modo oportuno y eficiente; y
c) mejorar la promoción de los
recursos humanos en el marco de la legislación vigente y conforme las
necesidades de un Congreso moderno;
d) fortalecer el desempeño de
los organismos técnicos a través de la incorporación y mejora permanente de
nuevas tecnologías de información y comunicación y de la asistencia y cooperación
de instituciones científicas y académicas nacionales y extranjeras;
e) estudiar y promover reformas
a la tarea parlamentaria en lo que hace al trabajo de comisiones, debates en el
recinto, estructura temática de los debates y demás aspectos que aporten a una
real dinamización y transparencia de las funciones legislativas;
f) estudiar y promover
mecanismos de inserción y extensión ciudadana con el objeto de estrechar los
vínculos con la comunidad;
g) instrumentar mecanismos
ágiles de coordinación y cooperación del Congreso con:
i. el Poder Ejecutivo, para
disponer con prontitud de las informaciones necesarias al quehacer de los
legisladores y de las comisiones de asesoramiento legislativo; y
ii. las legislaturas provinciales,
para hacer realidad el principio de ordenamiento federal en el ámbito de la función
legislativa.
h) promover la relación con
organismos internacionales dedicados al estudio y fortalecimiento de organismos
legislativos.
Art. 3° -
Integración. La Comisión se integra por ocho senadores y ocho diputados que
representen proporcionalmente a los sectores políticos de ambas Cámaras.
Art. 4° -
Observadores. Una vez conformada la Comisión, las dependencias de ambas
Cámaras podrán designar un representante para que asista como observador a las
reuniones de la Comisión.
Art. 5° - Forma
de elección. Los miembros de la Comisión deben elegirse de acuerdo con lo
establecido por el Reglamento de cada Cámara para la designación de los
integrantes de las comisiones permanentes.
Art. 6° -
Duración del mandato. Los miembros de la Comisión duran dos años en sus
funciones.
Art. 7° -
Autoridades. La Comisión elige cada dos años un presidente, un vicepresidente y
un secretario. La presidencia de la Comisión es alternativa correspondiendo dos
años a cada Cámara.
Art. 8° -
Representación. El presidente de la Comisión tiene a su cargo la representación
de la misma y en caso de ausencia, deberá ser reemplazado por el vicepresidente,
secretario o vocales de acuerdo con el orden de su designación
Art. 9° -
Atribuciones. Para cumplir las funciones que le competen, la Comisión puede:
a) solicitar informes a las
autoridades administrativas, legislativas y judiciales;
b) requerir información a
entidades públicas y privadas, particularmente universidades y academias
nacionales;
c) promover, auspiciar y asistir
a la realización de reuniones, congresos y seminarios, en el país o en el extranjero,
siempre que el objeto de los mismos se corresponda con la misión a ella
encomendada; y
d) establecer directamente
relaciones con entidades nacionales, provinciales o internacionales que tengan
como finalidad el desarrollo de temas de índole parlamentario.
Art. 10 -
Dictámenes. Los dictámenes de la Comisión se conforman con la firma de la
mayoría absoluta de sus miembros y se elevan a ambas Cámaras para su
tratamiento.
Art. 11 - Reuniones
informativas. La Comisión puede, con la presencia de cuatro de sus miembros
como mínimo, realizar reuniones informativas en las que se reciban informes de
otras comisiones, dependencias de la Cámara, funcionarios, organizaciones de la
sociedad civil y personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que tengan
vinculación con la competencia de la Comisión.
En estas reuniones se debe contar
con el servicio de taquígrafos o la grabación audiovisual, a efectos de que lo
acontecido e informado durante ellas pueda ponerse en versión completa y exacta
a disposición de todos los integrantes de la Comisión.
Art. 12 -
Asistencia técnica interna. Las comisiones y dependencias de ambas Cámaras
deben asistir especialmente a la Comisión en todos los temas que esta les
requiera, destinando a tal fin los recursos humanos y materiales que cada
dependencia considere necesarios.
Art. 13 -
Asistencia técnica externa. La Comisión puede solicitar el asesoramiento de
universidades, centros de estudio, organizaciones de la sociedad civil y organismos
internacionales para la efectiva realización de su tarea.
Art. 14 -
Subcomisiones. La Comisión podrá establecer subcomisiones para el estudio de
temas específicos.
Art. 15 - Informe
semestral. La Comisión debe elevar un informe semestral al plenario de cada Cámara.
Art. 16 - Informe
especial. Cuando la urgencia de los hechos o temas lo aconseje la Comisión puede
presentar un informe especial.
Art. 17 - Sede. La
Comisión funciona en dependencias del Congreso de la Nación pero podrá actuar y
constituirse en cualquier lugar de la República.
Art. 18 - Reglamento. La
Comisión debe dictar su propio reglamento interno en un plazo no mayor de treinta días
hábiles desde su constitución.
El Reglamento interno será aprobado por el
voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros. Supletoriamente se regirá por el
reglamento interno de la Cámara que ejerza la presidencia.
Art. 19 - Organización
administrativa. Para el cumplimiento de sus funciones la Comisión será asistida técnica y
administrativamente por un Secretario de Comisión y por el personal permanente que
demande el cumplimiento de sus funciones.
Ambas Cámaras llamarán a concurso interno
para ocupar la Secretaría de la Comisión y las vacantes de personal, en los términos de la
legislación vigente.
Art. 20 - Se invita al Honorable Senado de
la Nación a aprobar una resolución en el mismo sentido de la presente.
Art. 21 - Comuníquese a la H. Senado de
la Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los últimos veinticinco años se han
programado y ejecutado diversos proyectos de modernización del funcionamiento
parlamentario en Congresos latinoamericanos, - particularmente en Perú, Nicaragua,
Guatemala, Costa Rica, Colombia, República Dominicana, Argentina -, en el continente
africano y en los países de Europa del Este.
En algunos casos sólo ha participado el
órgano legislativo, su personal y recursos propios; en otros se ha dado intervención a
consultores externos y se ha recurrido a fondos de organismos internacionales (Banco
Interamericano de Desarrollo -BID, el Banco Mundial, la Organización de Estados
Americanos -OEA, las Naciones Unidas -ONU, entre otros).
También en este lapso la
Modernización Parlamentaria fue fuente de inspiración para la creación de
Comisiones Parlamentarias sobre Modernización Legislativa en distintos Congresos:
Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario de la Cámara de
Diputados de la República Argentina, Comisiones de Modernización del Congreso
de la República Dominicana, Comisión Especial de Modernización de la Asamblea
Nacional de Nicaragua, Comisión de Modernización del Congreso de Bolivia, entre
otras.
I. La Comisión sobre
Modernización de la Cámara de Diputados
La Comisión sobre Modernización del
Funcionamiento Parlamentario fue creada en esta Cámara el 31 de octubre de
1986, por Resolución de la Presidencia, RP 1044/86.
Si bien se constituyó como comisión
especial, es decir no permanente, y su plazo de duración estaba estipulado "hasta
el cumplimiento de su cometido" (artículo 3° de la RP 1044/86.), hoy día sigue
funcionando, veinticinco años después de su primera integración.
Entre los objetivos de su creación se
mencionaban casi todos los componentes de un programa de modernización
parlamentaria:
a) hacer eficiente la tarea de los
organismos técnicos y estudiar posibilidades de asistencia y cooperación en este
rubro con instituciones científicas y académicas;
b) agilizar e impulsar el proceso
de informatización;
c) estudiar mecanismos de
inserción y extensión ciudadana con el objeto de estrechar los vínculos con la
comunidad;
d) estudiar la posibilidad de
introducir reformas a la tarea parlamentaria en lo que hace al trabajo de
comisiones, debates en el Recinto, estructura temática de los debates y demás
aspectos a fin de dinamizar y hacer más eficiente la función parlamentaria; y para
el caso que nos ocupa en este proyecto,
e) estudiar la posibilidad de
instrumentar mecanismos ágiles de coordinación y cooperación del Parlamento
con: el Honorable Senado, el Poder Ejecutivo y las legislaturas provinciales.
II - Actividades de la
Comisión en conjunto con el Senado
En el sentido expresado en el inciso
e) del apartado anterior, podemos citar distintas actividades de la Comisión
realizadas en conjunto con el H. Senado, en sus diferentes períodos:
1988/1989, la Comisión estudió crear
una comisión de intercambio con el Senado para coordinar tareas de reformas y
modernización en ambas Cámaras.
1990/1991, se acordó la necesidad de
elaborar un proyecto de resolución que transformase a la Comisión en
permanente. Se sugirió que pasara a denominarse "Comisión de Modernización y
Relaciones Interparlamentarias".
1994/1995, se firmó un convenio de
asistencia recíproca entre la Comisión y la Biblioteca del Honorable Congreso de la
Nación, organismo autónomo que presta su servicio a ambas Cámaras.
2000, se presentó el Proyecto Ágora
entre cuyos objetivos se consideró avanzar en la transparencia de los
procedimientos legislativos y administrativos del Congreso de la Nación en general.
2006/2007, se planteó trabajar en
interacción con las distintas legislaturas provinciales.
2006, por DP- 1120/06, los
presidentes del Senado y Cámara de Diputados de la Nación, Daniel Scioli y
Diputado Nacional (mc) Alberto Balestrini, respectivamente, acordaron extender los
servicios de la Oficina de Atención Ciudadana a la Cámara de Diputados de la
Nación y realizar trabajos en forma conjunta.
Este proyecto fue retomado por la
Comisión en el año 2010, oportunidad en la que se acordó con el Programa de
Fortalecimiento Institucional del Senado, los términos de su ejecución, con fondos
del BID.
2008 /2011, la Comisión eligió un modelo
de trabajo que puso énfasis en una permanente vinculación con el Senado de la
Nación; y en la necesidad de contar con el constante compromiso de los Presidentes de
ambas Cámaras en el proceso de modernización.
En estos años la Comisión se vinculó
con el H Senado a través del Plan de Fortalecimiento Institucional (proceso de
cooperación internacional con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID
1603/OC-AR), Jefatura de Gabinete de Ministros y Ministerio de Economía y
Producción).
En la elaboración de su Programa de
Fortalecimiento, el Senado tuvo en cuenta importantes trabajos de la Comisión
como el Proyecto Ágora; informes de la Comisión de Reforma Administrativa
Integral del Honorable Senado de la Nación; informes de Asistencia Técnica de la
Unión Interparlamentaria; y la reforma del Reglamento del Senado de marzo de
2003.
III. El Marco Conceptual
acordado por la Comisión en su integración 2007/2009
El 2 de mayo de 2008 la Comisión
aprobó un Marco Conceptual en el que definió, a partir del consenso de sus
integrantes, las labores a encarar desde su seno.
Este documento conceptual fue
construido con el aporte de los legisladores integrantes de la Comisión, sus
asesores y funcionarios de la Cámara y previa consulta de los documentos
producidos en el marco del Proyecto Ágora de Modernización Parlamentaria (2000)
y el Plan de Fortalecimiento Institucional de la Diputada (mc) Patricia Vaca Narvaja
(2006).
El Marco Conceptual refleja una
posición clara de la Comisión al expresar que "Todos los integrantes han coincidido
en considerar la modernización como un proceso dinámico y permanente de
adaptación de las estructuras y funcionamiento de las instituciones públicas...
Consideramos el proceso de modernización como un marco para la innovación
permanente del funcionamiento estatal, en sintonía con las necesidades de la
comunidad. Los procesos de modernización se inscriben en un proceso más amplio
de reconstrucción, fortalecimiento e innovación de las instituciones públicas."
Como misión general se acuerda en:
"Recuperar y fortalecer en forma progresiva e integral, a partir del esfuerzo
conjunto de autoridades, legisladores y personal legislativo, el funcionamiento de
la Cámara de Diputados de la Nación a fin de que pueda cumplir eficientemente
sus funciones legislativa y de control fortaleciendo al mismo tiempo su relación con
la sociedad."
En este encuadre de principios,
valores y tareas, la Comisión de Modernización avanzó sobre dos temas precisos
que vinculan ambas Cámaras:
A - Formulación de reglas de
redacción legislativa para uniformar la redacción y estilo en la presentación de
dictámenes:
1. Se constituyó una
subcomisión de estudio integrada por representantes del Frente para la Victoria,
Partido Socialista y Propuesta Federal. La coordinación de esta subcomisión
correspondió a la Diputada Claudia Bernazza del Frente para la Victoria.
2. La subcomisión inició el
estudio de un texto borrador conteniendo normas de estilo y composición para la
redacción de textos legislativos, elaborado a partir de la consulta de distintos
antecedentes doctrinarios.
3. Se convocó a representantes
del Senado de la Nación, de la Imprenta del Congreso de la Nación (órgano
independiente), de la Dirección de Información Parlamentaria, del Instituto de
Capacitación Parlamentaria y de la Dirección de Informática.
Por el Senado de la Nación se
integró un representante del Programa de Fortalecimiento del Senado de la
Nación. Por la Imprenta del Congreso, intervienen su subdirector y correctores. Por
Dirección de Información Parlamentaria, su Director, por el Instituto de
Capacitación Parlamentaria, sus docentes y por la Dirección de Informática su
Director.
4. El borrador fue enviado en
consulta a los cuarenta y cinco secretarios de las Comisiones de
Asesoramiento.
5. El 13 de noviembre de 2008
la Comisión aprobó el texto final de las Pautas de Estilo de Redacción Legislativa y
fueron remitidas junto con la Pauta de Composición y Corrección de Ediciones
Parlamentarias de la Imprenta del Congreso a las secretarías parlamentarias de
ambas cámaras, con el objeto de lograr su publicación por resolución
conjunta.
6. Por resolución conjunta de
ambas Cámaras, RSP 01/09, del 7 de abril de 2009, se aprueban las Pautas de
Composición y Corrección de Ediciones Parlamentarias y las Pautas de Estilo para
Elaboración de Documentos Legislativos.
B - Instalación de una Oficina de
Atención Ciudadana del Congreso de la Nación
El Senado de la Nación inauguró el
29 de agosto de 2006 la Oficina de Atención Ciudadana del Senado. Esta Oficina se
creó por DP del Senado 226-2006 del 5 de abril de 2006 en el ámbito del plan de
Fortalecimiento Institucional del Senado de la Nación (Proyecto BID 1603/OC-AR) y
tiene como fin servir como punto de contacto entre la ciudadanía y el ámbito de
las leyes.
La Oficina de Atención Ciudadana
del Senado fue parte del componente "Comunicación Social y Gestión del Cambio"
del Programa de Fortalecimiento Institucional del Honorable Senado de la Nación
(Proyecto BID 1603/OC-AR).
Sobre la base de los antecedentes reseñados, la Comisión sobre
Modernización del Funcionamiento Parlamentario presentó ante el Programa de
Fortalecimiento del Senado y el BID un proyecto tendiente a implementar la citada
resolución DP-1120/06, constituir una Oficina compartida entre ambas Cámaras y
dotarla de un espacio físico adecuado, suficiente equipamiento y personal
capacitado.
A partir del trabajo y documentos
elaborados por la Comisión sobre Modernización y el Programa de Fortalecimiento
Institucional del Senado (Proyecto BID 1603/OC-AR) se prevé que la Oficina de
Atención Ciudadana del Congreso de la Nación (OAC) tenga a su cargo:
1. brindar respuesta
institucional, personalizada o en línea a consultas sobre la actividad del H.
Congreso de la Nación;
2. facilitar y orientar el proceso
de consulta, centralizando información general relativa a la actividad legislativa,
vinculando a las diversas áreas que integran la institución e interactuando con
ellas de modo tal de satisfacer, en tiempo y forma, los requerimientos de atención
e información que se le plateen;
3. recibir y procesar las
sugerencias y comentarios relativos al funcionamiento de la Oficina y del Congreso
en cuanto espacio abierto a la participación ciudadana;
4. elaborar y mantener una
base de datos para sistematizar consultas, comentarios, sugerencias recibidas y los
resultados logrados; y
5. producir informes periódicos,
con el análisis de la información relativa a las consultas, sugerencias, comentarios
y propuestas recibidas, tendientes a optimizar el funcionamiento de la Oficina de
Atención Ciudadana.
IV. Palabras
finales
La creación de una comisión sobre
modernización del funcionamiento de un órgano legislativo, es una decisión
política importante y valiosa si se pretende abordar un proceso de actualización y
fortalecimiento continuo de la institución.
Pero por supuesto, no basta con ello,
es necesario crear estas comisiones y al mismo tiempo dotarlas de poder
suficiente, es decir: deben ser responsabilidad política de la mayoría parlamentaria,
contar con fuerte apoyo de las autoridades del cuerpo y suficiente representación
de las minorías parlamentarias; sumando a esto recursos económicos, expertos y
personal administrativo calificado.
Además, en cualquier proceso de
modernización que se intente en un órgano bicameral, debe incluirse a ambas
Cámaras: el trámite legislativo de los proyectos es común y requiere de la
participación ineludible de ambos cuerpos, la comunicación informática exige
sistemas compatibles y conectados y el personal legislativo requiere capacitación
común.
Hasta la fecha ambas Cámaras de
nuestro Congreso Nacional han recorrido caminos separados; sin embargo, en los
últimos años se ha demostrado que el trabajo conjunto no solo es posible sino
indispensable. Es momento entonces de avanzar en la integración de ambas
Cámaras en todos aquellos aspectos que hagan a una mejor calidad del servicio
parlamentario y a una atención ciudadana acorde con el mandato de nuestra
constitución.
Tanto la Comisión sobre
Modernización del Funcionamiento Parlamentario de la Cámara de Diputados como
el Plan de Fortalecimiento Institucional del Senado son los antecedentes
inmediatos de este proyecto y su trabajo conjunto desde 2007 a la fecha
constituye una experiencia directa que augura el éxito de un proyecto como el que
se propone,
En virtud de los antecedentes y
razones expuestas, solicitamos la consideración y pronta aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
OCAÑA, GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y LA EQUIDAD |
GONZALEZ, GLADYS ESTHER | BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |